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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1211/2020

RESOL-2020-1211-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/10/2020 ACTA 64

EX-2020-40912644-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Modificar el acápite 8.2 del Pliego de Bases y Condiciones identificado como IF-2020-41201528-APNDGAJR#ENACOM, aprobado por Artículo 1° de la Resolución del ENACOM N° 737 de fecha 1 de julio de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera: “8.2. TIPOS DE GARANTÍAS A CONSTITUIR DEBERÁN CONSTITUIRSE DOS GARANTÍAS: a. Garantía de Anticipo: Para la percepción del anticipo, deberá conformarse una garantía por un monto equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) del monto del ANR aprobado para el PROYECTO. b. Garantía de Cumplimiento: A los fines de asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones que resultan del presente Pliego de Bases y Condiciones, el ADJUDICATARIO deberá constituir una Garantía de Cumplimiento por una suma equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total presupuestado para el PROYECTO.”. 2.- Modificar el acápite 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones identificado como IF-2020-41201528-APNDGAJR#ENACOM aprobado por Artículo 1° de la Resolución del ENACOM N° 737 de fecha 1 de julio de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera: “1. El beneficio se efectivizará mediante un ANTICIPO del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto de ANR aprobado en el PROYECTO dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos de firmado el Convenio indicado en el punto 15 y seguidamente será efectivizado bajo la modalidad de REEMBOLSO de pagos realizados y contra la aprobación por parte del ENACOM, a través de sus áreas competentes, de las rendiciones de cuentas, conforme al punto 17.” 3.- Aprobar el Modelo de Convenio a suscribir con los potenciales beneficiarios de la convocatoria establecida en el Artículo 1° de la Resolución ENACOM N° 2.539/2019 y sus modificatorias, en el marco del PROGRAMA DE CONECTIVIDAD, registrado como Anexo IF-2020-66456012-APN-DNFYD#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que como ANEXO I forman parte integrante de la presente Resolución. 4.- Modificar el punto 15 del Pliego de Bases y Condiciones identificado como IF-2020-41201528-APNDGAJR#ENACOM aprobado por Artículo 1° de la Resolución del ENACOM N° 737 de fecha 1 de julio de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera: “15. CONVENIO La adjudicación se perfeccionará mediante la suscripción de un convenio, cuyo modelo obra en el GENERADOR DE DOCUMENTOS OFICIALES como IF-2020-66456012-APN-DNFYD#ENACOM y forma parte integrante de este Pliego de Bases y Condiciones. Dicho Convenio se suscribirá previa acreditación de la constitución de las garantías correspondientes, de la apertura de una cuenta bancaria específica afectada al PROYECTO y declaración jurada de haber quedado habilitado ante el Fideicomiso de Administración Argentina Digital, CUIT 30-71494706-7, para la recepción de fondos por parte de este último.” 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/10/2020 N° 49759/20 v. 26/10/2020

Fecha de publicación 26/10/2020