Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT SECRETARÍA DE HÁBITAT

Resolución 51/2020

RESOL-2020-51-APN-SH#MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2020

VISTO el Expediente EX-2020-72765780-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), la Ley N° 27.397, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019, 297 del 20 de marzo de 2020, las Resoluciones Nros 31 del 18 de junio de 2020 y Nº 38 del 19 de junio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, la Resolución N° 16 del 7 de agosto de 2020 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 38/2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL y HABITAT se creó el “Programa Federal Argentina Construye”, con el fin de atender, en forma progresiva y en tanto lo permitan las autoridades sanitarias Nacional y de las jurisdicciones, las urgencias vinculadas a las problemáticas de la vivienda, de las infraestructuras sanitarias y del equipamiento urbano, dinamizando la economía.

Que la citada Resolución estableció que el Programa sería implementado por la SECRETARÍA DE HÁBITAT y la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO dependiente de la SECRETARÍA DE HÁBITAT, ambas del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Que a través de la Resolución N° 16 del 7 de agosto de 2020 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT se creó el “Subprograma Habitar la Emergencia” en el marco del “Programa Federal Argentina Construye”.

Que por el Anexo VI al artículo 5º de la Resolución N° 16 del 7 de agosto de 2020 de la SECRETARIA DE HÁBITAT, se aprobó el Manual de Ejecución del “Subprograma Habitar la Emergencia”.

Que en orden a lo indicado en el punto 2.2.2. y 7 “ÍTEMS Y MONTOS FINANCIABLES” del mencionado Manual de Ejecución, resulta necesario establecer los montos máximos a financiar en el marco del “Subprograma Habitar la Emergencia”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 4º de la Resolución Nº 38 del 19 de junio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los Montos Máximos Financiables aplicables al “Subprograma Habitar la Emergencia”, creado por la Resolución Nº 16 del 7 de agosto de 2020 de la SECRETARIA DE HÁBITAT, que se indican en el Anexo I (IF-2020-72980325-APN-SH#MDTYH) que integra la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Javier Fernandez Castro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/10/2020 N° 51070/20 v. 30/10/2020

Fecha de publicación 30/10/2020