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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 177/2020

RESOL-2020-177-APN-INPI#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2018-66804297--APN-DO#INPI del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. María Estela CORTE SANDAZA, (DNI Nº 28.731.046) ha solicitado en fecha 19 de Octubre de 2020, el levantamiento de la suspensión de la matrícula Nº 2206 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Que la mencionada suspensión había sido otorgada por la Resolución INPI Nº P-326 de fecha 09 de Diciembre de 2019.

Que el art.17 de la Resolución INPI P-101 de fecha 18 de abril de 2006, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, contempla el levantamiento de la suspensión temporaria de la matrícula.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que el interesado notifique el levantamiento de la suspensión de la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, se encuentra facultado para suscribir la presente autorización.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aceptase el levantamiento de la suspensión de la Matrícula Nº 2206 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, correspondiente a la Sra. María Estela CORTE SANDAZA, (DNI Nº 28.731.046).

ARTICULO 2º.- Procédase a formalizar el levantamiento de la suspensión del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio de la Mesa de Entradas, Archivo y Notificaciones de la Dirección Operativa.

ARTICULO 3º.-. Notifíquese al interesado y a los sectores intervinientes del Instituto.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el término de un día en el Boletín Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y de Patentes, comuníquese y archívese.

José Luis Díaz Pérez

e. 02/11/2020 N° 51561/20 v. 02/11/2020

Fecha de publicación 02/11/2020