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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 1970/2020

DECAD-2020-1970-APN-JGM - Licitación Pública N° 80-0015-LPU19.

Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-55610315-APN-DCYCMS#MSYDS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la entonces Secretaría de Gobierno de Salud N° 1114 del 16 de julio de 2019 se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0015-LPU19, llevada a cabo para la provisión del servicio de limpieza para la sede central y los edificios dependientes de la citada cartera sanitaria, por el término de DOCE (12) meses con opción a prórroga, solicitada por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esa Secretaria y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo, formó parte integrante de la citada medida.

Que con fecha 1° de agosto de 2019 se emitió la Circular Modificatoria N° 1 al referido pliego.

Que del Acta de Apertura de fecha 13 de agosto de 2019 surge la presentación de las ofertas para la citada licitación de las firmas FLOOR CLEAN S.A., LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A., MARTIN Y CÍA S.A., REX ARGENTINA S.A. y LINSER S.A.C.I.S.

Que la Coordinación de Servicios Auxiliares de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DE SALUD elaboró el Informe Técnico correspondiente, del que surge el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por parte de todas las ofertas, con excepción de la presentada por la firma LINSER S.A.C.I.S.

Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN), mediante la Orden de Trabajo 456/19, informó los Valores de Referencia para la presente licitación.

Que con el fin de alinear la oferta admisible de menor precio a los valores informados por la SIGEN, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS solicitó una mejora de cotización a la firma REX ARGENTINA S.A.

Que la referida firma mejoró su oferta, la que asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($ 166.560.000).

Que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 6 de abril de 2020, recomendando la adjudicación a favor de la firma REX ARGENTINA S.A. por ser la más conveniente.

Que, asimismo, en el citado Dictamen de Evaluación se desestimaron las ofertas de las firmas FLOOR CLEAN S.A. por presentar un error formal no subsanable en su cotización; MARTIN Y CÍA S.A. por poseer deuda líquida exigible o previsional ante la AFIP y LINSER S.A.C.I.S. por no superar el valor mínimo de la matriz de evaluación requerido para acceder a la ponderación final con el precio total ofrecido, y por poseer deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP.

Que no se efectuaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación de ofertas.

Que con posterioridad a la emisión del Dictamen de Evaluación, la firma REX ARGENTINA S.A. ofrece una bonificación del ONCE COMA ONCE POR CIENTO (11,11 %) sobre la totalidad de su oferta, lo que representa un monto de PESOS DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS ($18.504.816), quedando su oferta establecida en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO ($148.055.184).

Que por otro lado, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del referido Ministerio informa que producto de la desafectación por parte de esta cartera sanitaria de algunas de las oficinas sitas en el domicilio de la calle Rivadavia N° 875 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES e incorporadas en el renglón 4 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares del servicio licitado, deberá realizarse la disminución que asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($4.843.278,32).

Que, en atención al tiempo transcurrido desde la fecha de apertura de ofertas de la presente licitación, la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD solicitó a la firma REX ARGENTINA S.A. que manifieste si su oferta se encuentra vigente, la cual confirmó la vigencia de la misma.

Que por lo expuesto corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a lo aconsejado en el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas, la bonificación ofrecida, así como también a efectuar la disminución solicitada por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del citado Ministerio.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas del MINISTERIO DE SALUD, han tomado las intervenciones de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, el quinto párrafo e incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 80-0015-LPU19 de la ex-Secretaría de Gobierno de Salud, actual MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la provisión del servicio de limpieza para la sede central y los edificios dependientes de esa cartera sanitaria.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0015-LPU19 de la ex-Secretaría de Gobierno de Salud, actual MINISTERIO DE SALUD, a la firma REX ARGENTINA S.A., para la totalidad de los renglones, por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($166.560.000).

ARTÍCULO 3°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas FLOOR CLEAN S.A. por presentar un error formal no subsanable en su cotización; MARTIN Y CÍA S.A. por poseer deuda líquida exigible o previsional ante la AFIP y LINSER S.A.C.I.S. por no superar el valor mínimo de la matriz de evaluación requerido para acceder a la ponderación final con el precio total ofrecido y por poseer deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP.

ARTÍCULO 4°.- Acéptase la bonificación ofrecida por la firma REX ARGENTINA S.A., la que asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS ($18.504.816).

ARTÍCULO 5°.- Disminúyase la presente Licitación Pública N° 15/19, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($4.843.278,32), por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTÍCULO 6°- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente Orden de compra, en la cual deberá consignarse que, previo al pago correspondiente a cada servicio mensual, se procederá a efectuar la detracción ofrecida por la firma REX ARGENTINA S.A., proporcionalmente mes a mes hasta la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS ($18.504.816).

ARTÍCULO 7°.- La suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS CINCO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($143.211.905,68) deberá ser afectada con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Programa 1, Actividad 3, IPP 335, Fuente de Financiamiento 11 – Tesoro Nacional.

ARTÍCULO 8°- Autorizase al Ministro de Salud a efectuar la prórroga, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades respecto de la licitación pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 9°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García

e. 03/11/2020 N° 52190/20 v. 03/11/2020

Fecha de publicación 03/11/2020