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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decisión Administrativa 1981/2020

DECAD-2020-1981-APN-JGM - Licitación Pública N° 33-0002-LPU20.

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-24323292-APN-DCP#MT y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 33-0002-LPU20 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, autorizada por la Resolución N° 368 del 28 de abril de 2020 del mencionado Organismo, con el objeto de gestionar la contratación del Servicio de Limpieza Integral, con destino a los edificios sitos en la Av. Leandro N. Alem Nros. 650, 638, 628, Av. Callao Nros. 114/128, calle Alsina N° 665, calle Maza N° 1050 y Av. Iriarte N° 3500 (Oficina Móvil) de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, donde funcionan diversas dependencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por un período de DOCE (12) meses con opción a prórroga por DOCE (12) meses más.

Que, asimismo, por dicha medida se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y sus correspondientes Anexos I, II y III y el Pliego de Normas Generales de Prevención de Riesgos Laborales.

Que las Circulares Aclaratorias y Modificatoria emitidas fueron publicadas y difundidas de acuerdo a la normativa vigente.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas del 29 de mayo de 2020, en la referida Licitación Pública se presentaron las siguientes firmas: DISTRIBON S.R.L., LESSIVER S.R.L., MIG S.A., REX ARGENTINA S.A. y LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 203/20 del 29 de mayo de 2020, informando el Valor de Referencia para los renglones Nros. 1, 2 y 3, en los términos y alcances establecidos en el punto I.c.2 del Anexo II de la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que con fechas 10 de agosto de 2020 y 18 de agosto de 2020 la DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS GENERALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL elaboró los correspondientes Informes Técnicos de las ofertas recibidas, en los cuales determinó el cumplimiento, por parte de los oferentes, de las Especificaciones Técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que se propulsó el mecanismo de mejora de precio mediante el cual la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. mejoró su oferta.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el Expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 25 de agosto de 2020.

Que conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación de Ofertas, se recomienda adjudicar a la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. los renglones Nros. 1 y 2 de la presente contratación y desestimar las ofertas de las firmas DISTRIBON S.R.L., LESSIVER S.R.L, MIG S.A., REX ARGENTINA S.A. y LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. solo en lo correspondiente al renglón N° 3.

Que, en consecuencia, corresponde declarar fracasado el renglón N° 3 por no haber obtenido ofertas administrativamente y técnicamente admisibles.

Que no se produjeron impugnaciones al citado Dictamen de Evaluación.

Que conforme con lo dispuesto por la Resolución Nº 407/20 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, mediante Nota de fecha 7 de mayo de 2020 el Subsecretario de Gestión Administrativa del citado Ministerio exceptuó al presente procedimiento de la suspensión de los plazos administrativos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus respectivas prórrogas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9° incisos d), e) y g) del Anexo al Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 33-0002-LPU20 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con el objeto de gestionar la contratación del Servicio de Limpieza Integral, con destino a los edificios sitos en la Av. Leandro N. Alem Nros. 650, 638, 628, Av. Callao Nros. 114/128, calle Alsina N° 665, calle Maza N° 1050 y Av. Iriarte N° 3500 (Oficina Móvil) de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, donde funcionan diversas dependencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por un período de DOCE (12) meses con opción a prórroga por DOCE (12) meses más.

ARTÍCULO 2°.- Desestímanse en la Licitación Pública N° 33-0002-LPU20 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las ofertas presentadas por las firmas DISTRIBON S.R.L. (CUIT N° 33-70891842-9), LESSIVER S.R.L. (CUIT N° 30-58186574-7), MIG S.A. (CUIT N° 30-56126525-5), REX ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-69284560-5) y LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. (CUIT N° 30-69605181-6), esta última en lo correspondiente al Renglón N° 3, por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 25 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 3°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 33-0002-LPU20 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a favor de la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. (CUIT N° 30-69605181-6), para el Renglón N° 1 por la suma mensual de PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL ($7.950.000), ascendiendo a un total de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($95.400.000) para el período de DOCE (12) meses y el Renglón N° 2 por la suma mensual de PESOS CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL ($4.050.000), ascendiendo a un total de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($48.600.000) para el período de DOCE (12) meses, lo que hace para la mencionada firma un total de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES ($144.000.000).

ARTÍCULO 4°.- Declárase fracasado el Renglón N° 3 de la presente Licitación Pública por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y PROGRAMACIÓN FINANCIERA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase al Ministro de TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, prórroga, resolución, rescisión, rescate, declaración de caducidad, renegociación contractual y aplicación de penalidades al adjudicatario o cocontratante respecto de la Licitación Pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 7°.- La erogación que asciende a la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES ($144.000.000) se imputará con cargo a la Finalidad 3, Función 6, Jurisdicción 75 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Servicio Administrativo 350, Ubicación Geográfica 02, Programa 01, Subprograma 00, Actividad 01, al Inciso 3, Partida Principal 3, Parcial 5, de acuerdo al siguiente detalle: PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000) a la Fuente de Financiamiento 11 y PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000) a la Fuente de Financiamiento 13, para el Ejercicio 2020, y PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($120.000.000) para el Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 8º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Claudio Omar Moroni

e. 04/11/2020 N° 52567/20 v. 04/11/2020

Fecha de publicación 04/11/2020