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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “B” 12082/2020

28/10/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS OPERADORES DE CAMBIO:

Ref.: Cuestiones operativas. Operaciones inconsistentes.

Nos dirigimos a Uds. a efectos de aclarar que ante la detección de algún tipo de inconsistencias en la documentación presentada por los clientes en operaciones alcanzadas por el Texto ordenado sobre las normas de “Exterior y Cambios”, sus modificatorias y complementarias, deberán abstenerse de realizarlas.

Las entidades informarán, mediante el sistema online implementado por el BCRA, los datos de identificación de los clientes que hayan presentado inconsistencias a efectos de completar un registro de esas operaciones.

Con carácter previo al cursado de operaciones de egreso de fondos al exterior, las entidades consultarán en el sistema online implementado por el BCRA, y -de encontrarse el cliente incluido en el listado de CUITs con operaciones inconsistentes- deberán reforzar las medidas de control para determinar la razonabilidad y genuinidad de las operaciones, de conformidad con la Sección 1, punto 1.2. del Texto ordenado sobre las normas de “Exterior y Cambios”. Las entidades conservarán la copia de las tareas realizadas en el legajo del cliente.

En todos los casos en que se detectaren indicios de un fraude cambiario, las entidades deberán instrumentar las correspondientes denuncias ante el BCRA en los términos de la Ley de Régimen Penal Cambiario N° 19.359, cumpliendo las disposiciones procesales.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

e. 09/11/2020 N° 53639/20 v. 09/11/2020

Fecha de publicación 09/11/2020