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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

Resolución 139/2020

RESOL-2020-139-APN-SPYMEYE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-72988587- -APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, 945 de fecha 17 de noviembre de 2017 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 407 de fecha 12 de agosto de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 7 de fecha 16 de mayo de 2016 de la ex SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y el Contrato de Préstamo BID Nº 3174/OC-AR de fecha 30 de septiembre de 2014 suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1154 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Competitividad de Economías Regionales”.

Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), cuya Cláusula 3.03 de las “Estipulaciones Especiales” dispuso que el Organismo Ejecutor debía constituir una Unidad Ejecutora Central del Programa, siendo que por la Cláusula 4.02 del Anexo Único del Contrato se estableció que la Unidad Ejecutora Central deberá contar con UN (1) Coordinador General y UN (1) Coordinador de la Unidad Ejecutora del Programa.

Que mediante el Artículo 2° del Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017 se estableció que las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada, desarrolladas por las unidades ejecutoras técnicas o por las áreas técnicas de unidades ejecutoras de programas, serían llevadas a cabo por las Secretarías y Subsecretarías o áreas equivalentes de carácter sustantivo de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas por el Artículo 8°, inciso a) de la Ley Nº 24.156 con responsabilidad primaria en la materia de que se trate.

Que con fecha 21 de diciembre de 2018 se suscribió entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) un Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo N° 3174/OC-AR en el que se convino que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el Prestatario por intermedio del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a través de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, que será denominado indistintamente Prestatario u Organismo Ejecutor.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, establece que compete al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, continuador del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, todo lo inherente al desarrollo productivo, a la industria y el comercio y a la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de minería.

Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el de coordinar la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional proveniente de otros países y organismos internacionales, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector, en coordinación con la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Que mediante la Resolución N° 407 de fecha 12 de agosto de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se le asignaron al señor Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores las funciones de Coordinador General de la Unidad Ejecutora Central del Programa de Competitividad de Economías Regionales.

Que a través de la Resolución N° 7 de fecha 16 de mayo de 2016 de la ex SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se sustituyó el Reglamento Operativo del “Programa de Competitividad de Economías Regionales”, que fuera aprobado por la Disposición N° 14 de fecha 5 de diciembre de 2014 de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y sustituido por la Disposición N° 5 de fecha 21 de octubre de 2015 de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que con fecha 8 de agosto de 2019, mediante IF-2019-70780884-APN-DGPYPSYE#MPYT, se acordó un nuevo Reglamento Operativo.

Que mediante la presente deviene necesario ratificar el mismo a los fines de su aplicación a la presente Convocatoria.

Que el objetivo del Programa es promover el desarrollo regional PyME y sus sistemas productivos locales a partir del fortalecimiento de instituciones como lo son las universidades estatales, presentes en todo el territorio nacional como generadoras y difusoras de conocimiento y también como actores claves para el desarrollo territorial en cuanto a la mejora de la competitividad, agregación de valor, innovación y acceso a mercados de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) de un conjunto de cadenas de valor claves localizadas en todas las provincias y regiones del país.

Que, en este orden de ideas, resulta necesario realizar un llamado específico, en el marco del Proyecto de Competitividad de Economías Regionales - SEPyME - Contrato de Préstamo BID 3174/OC-AR, destinado a las universidades estatales para la presentación de proyectos con los siguientes objetivos: 1) creación y/o fortalecimiento de Centros Universitarios PyME, como áreas de difusión y asistencia técnica en vinculación con MiPyMEs y gobiernos locales del entorno territorial; y 2) acompañar iniciativas de vinculación, diagnóstico y asistencia técnica a MiPyMEs y cadenas de valor estratégicas.

Que la convocatoria tiene como finalidad acompañar los esfuerzos que la REPÚBLICA ARGENTINA está realizando en el marco de la reactivación productiva mediante el fomento de actividades de capacitación y de asistencia técnica destinadas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) de las cadenas de valor prioritarias para este Ministerio y para las economías regionales, potenciando las capacidades con que cuentan las universidades estatales en sus áreas de vinculación con el entramado productivo local.

Que mediante la Nota de fecha 21 de octubre de 2020, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO solicitó al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), la NO OBJECIÓN necesaria en relación a las Bases y Condiciones y los Anexos que regirán la presente Convocatoria.

Que dicha propuesta cuenta con la NO OBJECIÓN del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) conforme la Nota CSC-CAR 2674/2020 de fecha 29 de octubre de 2020.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1.518/14, el Artículo 2° del Decreto N° 945/17 y la Resolución N° 407/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a las universidades estatales para la presentación de proyectos para acceder al financiamiento de actividades de capacitación y asistencia técnica (transmisión de información y conocimientos), servicios de consultorías profesionales, vinculando actores públicos y privados en el territorio y realizando un seguimiento sobre las iniciativas con experiencia o conocimientos en áreas específicas mediante Aportes No Reembolsables (ANR), en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID N° 3174/OC-AR.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “DOCUMENTO EJECUTIVO - Bases y Condiciones de la Convocatoria a la Presentación de Proyectos PROCER - Programa de Competitividad de Economías Regionales – Universidades SEPYME - BID 3174/OC-AR”, que como Anexo I (IF-2020-74549582-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente resolución, el cual regirá juntamente con el Reglamento Operativo (IF-2019-70780884-APN-DGPYPSYE#MPYT) que se ratifica mediante la presente, y con la convocatoria, presentación y ejecución de los Proyectos Prioritarios en el marco de la convocatoria específica del Programa de Competitividad de Economías Regionales.

ARTÍCULO 3°.- La convocatoria realizada por el Artículo 1º de la presente medida tendrá la vigencia establecida en el Anexo I de esta resolución y será por un monto máximo de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000).

ARTÍCULO 4°.- Apruébase la “GRILLA DE EVALUACIÓN - Modalidad Nro. 1: Criterios de Evaluación CENTRO UNIVERSITARIO PYME” que como Anexo II (IF-2020-73936044-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 5°.- Apruébase la “GRILLA DE EVALUACIÓN - Modalidad Nro. 2: Criterios de Evaluación CUPyME + Proyecto Estratégico Asistencia a MiPyMEs” que como Anexo III (IF-2020-73937165-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente media.

ARTÍCULO 6°.- Apruébase el “FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES - UNIVERSIDADES BID N° 3174/OC-AR” que como Anexo IV (IF-2020-73939551-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 7°.- Apruébase el “PLAN DE TRABAJO ANUAL UNIVERSIDADES PROCER – CENTROS UNIVERSITARIOS PYME” que como Anexo V (IF-2020-73940741-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 8°.- Apruébase la “CARTA COMPROMISO PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS PROCER - PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES - Préstamo BID 3174/OC-AR” que como Anexo VI (IF-2020-73941691-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 9°.- Apruébase el “INSTRUCTIVO PARA RENDICIONES DE CUENTAS - PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES” que como Anexo VII (IF-2020-73942389-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 10.- Apruébase el “FORMULARIO RENDICIÓN DE CUENTAS ANR - PROCER” que como Anexo VIII (IF-2020-73943418-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 11.- Apruébase el “MODELO DE CONVENIO ENTRE EL PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES Y LA ENTIDAD BENEFICIARIA” que como Anexo IX (IF-2020-73944227-APN-SSPYDRP#MDP) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 12.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Programa 47, Actividad 13, Fuente de Financiamiento 2.2, de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Servicio Administrativo Financiero 362, para el ejercicio que corresponda.

ARTÍCULO 13.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su emisión.

ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Merediz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/11/2020 N° 54503/20 v. 11/11/2020

Fecha de publicación 11/11/2020