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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 558/2020

RESOL-2020-558-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2020

Visto el expediente EX-2019-89419169-APN-DGP#MD, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 formulado por Talleres Navales Dársena Norte Sociedad Anónima Comercial Industrial y Naviera - Tandanor S.A.C.I. y N., actuante en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 de Talleres Navales Dársena Norte Sociedad Anónima Comercial Industrial y Naviera – Tandanor S.A.C.I. y N., actuante en el ámbito del Ministerio de Defensa, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I (IF-2020-73282863-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-69629520-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de mil trescientos dieciocho millones doscientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y un pesos ($ 1.318.256.971) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de mil trescientos noventa y nueve millones trescientos treinta y cuatro mil quinientos ochenta y seis pesos ($ 1.399.334.586) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (pérdida de operación) estimado en ochenta y un millones setenta y siete mil seiscientos quince pesos ($ 81.077.615), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-69629520-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de mil quinientos cuarenta y un millones ochenta y un mil treinta y seis pesos ($ 1.541.081.036) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de mil cuatrocientos treinta millones cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos noventa y dos pesos ($ 1.430.461.492) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (ahorro) estimado en ciento diez millones seiscientos diecinueve mil quinientos cuarenta y cuatro pesos ($ 110.619.544), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-69629520-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de treinta y seis millones seiscientos mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos ($ 36.600.443) los recursos de capital y fíjanse en la suma de sesenta y nueve millones setecientos sesenta y siete mil setecientos cuarenta y dos pesos ($ 69.767.742) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (superávit) para el ejercicio 2020 en setenta y siete millones cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y cinco pesos ($ 77.452.245), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del anexo II (IF-2020-69629520-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/11/2020 N° 54802/20 v. 11/11/2020

Fecha de publicación 11/11/2020