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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

Disposición 192/2020

DI-2020-192-APN-IGN#MD

Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2020

VISTO el EX-2020-70916632-APN-IGN#MD del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, la Ley N° 27.275, su Decreto Reglamentario N° 206 de fecha 27 de marzo de 2017, la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 70 de fecha 14 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública, reglamentada por el Decreto N° 206/2017, tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promoviendo la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.

Que el artículo 7° de la Ley N° 27.275 establece cuales son los sujetos del Estado que están obligados a brindar información pública, detallando en el inciso a), a la Administración Pública Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados.

Que el artículo 30 de la Ley N° 27.275 establece que cada uno de los sujetos obligados deberá nombrar a un responsable de acceso a la información pública que tendrá que tramitar las solicitudes de acceso a la información pública dentro de su jurisdicción.

Que, conforme el artículo 31 de la Ley N° 27.275 los responsables de acceso a la información pública deberán recibir y dar tramitación a las solicitudes de acceso a la información pública, remitiendo la misma al funcionario pertinente; realizar el seguimiento y control de la correcta tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública; llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información pública; promover la implementación de las resoluciones elaboradas por la Agencia de Acceso a la Información Pública; brindar asistencia a los solicitantes en la elaboración de los pedidos de acceso a la información pública y orientarlos sobre las dependencias o entidades que pudieran poseer la información requerida; entre otras funciones.

Que atento ello, resulta necesario designar en el ámbito del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL al agente público que se desempeñará como Responsable de Acceso a la Información Pública del Organismo.

Que a tal fin, se ha considerado que el Licenciado en Ciencias de la Comunicación Emiliano FERNÁNDEZ LASCANO (D.N.I. N° 28.641.870), perteneciente al DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la Presidencia de este INSTITUTO, reúne las condiciones técnicas y profesionales, para desempeñarse como Responsable de Acceso a la Información Pública del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.

Que, la función que por la presente se le encomienda, no implica limitación alguna de las tareas y funciones que desempeña en la actualidad en el DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES.

Que, a los efectos de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley N° 27.275, resulta pertinente el nombramiento de una Responsable Suplente de Acceso a la Información Pública del INSTITUTO.

Que, en tal sentido se propicia el nombramiento de la Licenciada en Ciencias de la Comunicación Leticia SAAVEDRA (D.N.I. Nº 31.447.721), profesional del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES, como Responsable Suplente de Acceso a la Información Pública del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.

Que, mediante el Decreto N° 260/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el COVID-19, durante el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del citado decreto.

Que por el Decreto N° 297/20 se estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, habiéndose anunciado su prórroga para determinadas zonas del país hasta el día 8 de noviembre de 2020, inclusive; en tanto otras zonas con valoración positiva de determinados criterios epidemiológicos se encuentra en una fase más avanzada de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, pero manteniéndose en todos los casos las medidas sanitarias dispuestas por las autoridades nacionales y locales.

Que en dicho contexto, oportunamente mediante el Decreto N° 298/20 y sus complementarios Nros. 327/20, 372/20, 410/20, 458/20, 494/20, 521/20, 577/20, 604/20, 642/20, 678/20, 715/20, 755/20, 794/20 y 815/20 se suspendió el curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 - T.O. 2017) y por otros procedimientos especiales hasta el 8 de noviembre de 2020 inclusive.

Que, en virtud del artículo 1° de la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 70 de fecha 14 de abril de 2020, se exceptúa de la suspensión de los plazos administrativos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus sucesivas prórrogas a los trámites previstos por la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública.

Que, la presente medida no genera erogación presupuestaria adicional al ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30 de la Ley 27.275, el artículo 1° del Decreto N° 2029 del 23 de octubre de 2012 y el artículo 1° del Decreto N° 2101 del 6 de octubre de 2015

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. – Exceptúase el dictado de la presente medida en los términos del artículo 1° de la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 70/20 de la suspensión de los plazos administrativos establecida por el Decreto N° 298/20, prorrogada por los Decretos N° 327/20, 372/20, 410/20, 458/20, 494/20, 521/20, 577/20, 604/20, 642/20, 678/20, 715/20, 755/20, 794/20 y 815/20 a los trámites previstos por la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública de conformidad con lo expresado en los Considerandos de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2°. – Desígnase al Licenciado en Ciencias de la Comunicación Emiliano Fernández LASCANO (D.N.I. N° 28.641.870), agente perteneciente al DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la PRESIDENCIA del Organismo como Responsable de Acceso a la Información Pública del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.

ARTÍCULO 3°. – Desígnase a la Licenciada en Ciencias de la Comunicación Leticia SAAVEDRA (D.N.I. N° 31.447.721), agente del DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES, como Responsable Suplente de Acceso a la Información Pública del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.

ARTÍCULO 4°. – Aclárese que la función que por la presente se le encomienda al Licenciado FERNÁNDEZ LASCANO y subsidiariamente a la Licenciada SAAVEDRA, no implica limitación alguna de las tareas y funciones que desempeñan en la actualidad en el DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES.

ARTÍCULO 5°. – Comuníquese a la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, notifíquese al Licenciado FERNÁNDEZ LASCANO y a la Licenciada SAAVEDRA

ARTÍCULO 6°. – La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional al ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 7°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”.

Sergio Cimbaro

e. 12/11/2020 N° 54836/20 v. 12/11/2020

Fecha de publicación 12/11/2020