Edición del
18 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


OFICINA ANTICORRUPCIÓN

Decreto 885/2020

DCTO-2020-885-APN-PTE - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-61618997-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 54 del 20 de diciembre de 2019 y la Decisión Administrativa N° 312 del 13 de marzo de 2018 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que a través del Decreto Nº 54/19 se dispuso que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, creada por el artículo 13 de la Ley Nº 25.233, tendrá carácter de organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que su titular tendrá rango y jerarquía equivalente a Ministro o Ministra y dependerá funcionalmente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y que sus funcionarios y funcionarias tendrán relación jerárquica y dependencia funcional con dicho organismo desconcentrado e integrarán la dotación de personal del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por la Decisión Administrativa N° 312/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, que incluía la de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, entonces dependiente de dicha Cartera Ministerial.

Que en función de las previsiones del Decreto N° 54/19 resulta necesario reordenar la estructura de primer y segundo nivel operativo de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, e incorporar y homologar diversos cargos pertenecientes al citado organismo en el Nomenclador de funciones ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como ANEXOS I (IF-2020-71586683-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2020-71587742-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como ANEXOS III (IF-2020-71588671-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2020-71589509-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse y homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS correspondientes a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN –conforme el Decreto N° 54 del 20 de diciembre de 2019- de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-71590284-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4º.- Facúltase al/a la Titular de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a modificar la estructura aprobada por el artículo 2º del presente decreto, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos presupuestarios asignados a la Jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

ARTÍCULO 6º.- Deróganse los artículos 1°, 2°, 3°, 5° y 6° de la Decisión Administrativa N° 312 del 13 de marzo de 2018.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Marcela Miriam Losardo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/11/2020 N° 55752/20 v. 13/11/2020

Fecha de publicación 13/11/2020