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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 424/2020

RESOL-2020-424-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 11/11/2020

VISTO el Expediente EX-2020-67281440- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante el UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 1, del Departamento Judicial de La Matanza, provincia de Buenos Aires, a cargo del Doctor Gastón DUPLAA, tramita la IPP N° 05-00-025233-19, caratulada “SÁNCHEZ MOSQUEDA, ELSA BEATRÍZ (VMA) S/AVERIGUACIÓN DE PARADERO”, con intervención del JUZGADO DE GARANTÍAS N° 2 del mismo Departamento Judicial.

Que el titular de la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, Doctor Gastón DUPLAA, mediante Oficio de fecha 11 de febrero de 2020, solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN Y JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, se ofrezca recompensa, para aquellas personas que brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Elsa Beatríz SÁNCHEZ MOSQUEDA, D.N.I. N° 92.217.525, de nacionalidad Paraguaya, estado civil soltera, hija de Hermenegildo SÁNCHEZ y de Ana María MOSQUEDA, con último domicilio conocido en la calle 09 y Ballerini del Barrio Nicole, localidad de Virrey del Pino, provincia de Buenos Aires, quien fue vista por última vez en el mes de abril de 2019, por su hija María Fernanda SÁNCHEZ MOSQUEDA, cuando la visitó en su domicilio ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la ciudadana Elsa Beatríz SÁNCHEZ MOSQUEDA, resulta ser de contextura física delgada, de aproximadamente 1,55 metros de altura, cabellos teñidos de color rubio, y como señas particulares posee un lunar en el rostro y una cicatriz en el abdomen (cesárea), como así también posee un problema en la cadera provocándole una deficiencia al caminar.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago correspondiente.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), destinada para aquellas personas que brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Elsa Beatríz SÁNCHEZ MOSQUEDA, D.N.I. N° 92.217.525, de nacionalidad Paraguaya, con último domicilio conocido en la calle 09 y Ballerini del Barrio Nicole, localidad de Virrey del Pino, provincia de Buenos Aires, quien fue vista por última vez en el mes de abril de 2019, por su hija María Fernanda SÁNCHEZ MOSQUEDA, cuando la visitó en su domicilio ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTICULO 6°.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sabina Andrea Frederic

e. 13/11/2020 N° 55564/20 v. 13/11/2020

Fecha de publicación 13/11/2020