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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO

Resolución 176/2020

RESOL-2020-176-APN-SEGEMAR#MDP

Ciudad del Libertador General San Martín, Buenos Aires, 04/11/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-71057600- -APN-SEGEMAR#MDP, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y los Decretos Nros. 660 de fecha 24 de junio de 1996, 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996, 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y 399 de fecha 23 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, conforme la nueva organización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, se creó el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, entre otros.

Que, dentro de las competencias del citado Ministerio, se encuentra entender el uso racional y desarrollo de los recursos geológicos mineros.

Que por el Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1996 se creó el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, entre otros organismos, resultando por aquella norma, un organismo descentralizado actuante en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que, posteriormente, mediante el dictado del Decreto N° 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996, se aprobó solo la estructura organizativa del primer nivel operativo del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), por lo cual debieron integrarse supletoriamente las estructuras ya existentes del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA MINERA (INTEMIN), creado por Decreto Nº 2.818 de fecha 29 de diciembre de 1992 y de la ex-Dirección Nacional del Servicio Geológico, dependiente de la entonces SUBSECRETARÍA DE MINERÍA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍAY OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que mediante los Decretos Nros. 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 surge que el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO es un organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que conforme la evolución normativa y la experiencia durante el transcurso del tiempo, se observa que corresponde dotar al organismo de un plan estratégico que permita la implementación formal de una Estructura Funcional en pos de lograr un servicio eficiente, dinámico y transparente en todas las áreas de su incumbencia.

Que el Plan Estratégico contempla seis ejes estratégicos, cada uno de los cuales comprende un conjunto de Objetivos, los principales programas de acción escogidos para alcanzar estos fines y objetivos, y los sistemas más importantes de asignación de recursos.

Que, los ejes estratégicos resultan ser aquellos que permitan asegurar el fortalecimiento institucional, evaluar y producir información geológica de base para el desarrollo territorial, contribuir a la reducción de riesgos geológicos, asegurar el acceso a la información geológica y geoambiental, proveer servicios analíticos, ensayos y procesos y asistir al sector minero.

Que el conocimiento es el activo estratégico por excelencia para la generación de valor, atento al incremento de demandas al quehacer científico y tecnológico.

Que, en el ámbito geológico, las actividades científicas enfrentarán un contexto crecientemente complejo, por lo que éste requerirá la producción de nuevos saberes y su aplicación.

Que, el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), forma parte del CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, como así también, integra la red de organismos científico técnicos para la gestión del riesgo de desastres (Red GIRCYT) en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, así como la Plataforma Nacional de Alertas y Monitoreo del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (SINAGIR).

Que la vinculación de este organismo científico técnico con otros Servicios Geológicos del mundo permitirá mantenerse a la vanguardia de los procesos innovadores con la incorporación de conocimiento y tecnología.

Que por ello, se impulsa un “PLAN ESTRATÉGICO 2021-2030”, cuya misión será examinar la estructura geológica y los recursos minerales del territorio nacional y asegurar la disponibilidad de información geocientífica requerida para promover el desarrollo sostenible y aprovechamiento racional de los recursos naturales no renovables, mediante asistencia técnica especialmente en el ámbito de la pequeña y mediana industria minera, contribuyendo al resguardo de la vida y propiedades de sus habitantes frente a los riesgos emergentes de los procesos geodinámicos.

Que la Asesoría Legal del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996 y 399 de fecha 23 de abril de 2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “PLAN ESTRATÉGICO 2021-2030” del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO que como Anexo IF-2020-74052872-APN-SE#SEGEMAR forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Osvaldo Zappettini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/11/2020 N° 54788/20 v. 13/11/2020

Fecha de publicación 13/11/2020