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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 429/2020

RESOL-2020-429-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-66948941- -APN-DNLCN#MSG, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por el Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 27.283 y su Decreto Reglamentario N° 697 del 6 de septiembre de 2017, la Resolución del Ministerio de Seguridad Nº RESOL-2019-60-APN-MSG del 23 de enero de 2019, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 335 del 6 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.283 se creó el Consejo Federal de Precursores Químicos, como órgano asesor de la autoridad de aplicación del Registro Nacional de Precursores Químicos, creado por Ley N° 26.045.

Que a través del Decreto N° 697/17 se reglamentó la Ley N° 27.283, que en su artículo 2° establece que el Consejo Federal de Precursores Químicos funcionará en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por ser la Autoridad de Aplicación del Registro Nacional de Precursores Químicos.

Que, asimismo, el artículo 3° del Anexo I del citado Decreto ordena que la Presidencia del Consejo Federal de Precursores Químicos será ejercida por el/la titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en su calidad de Autoridad de Aplicación del Registro Nacional de Precursores Químicos, o por el funcionario/a que éste/a designe.

Que, así también, en su artículo 4° faculta al Presidente del Consejo Federal de Precursores Químicos a dictar el reglamento de funcionamiento interno.

Que, mediante el artículo 1° de la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° RESOL-2019-60-APN-MSG, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo Federal de Precursores Químicos.

Que, en ese sentido, mediante el artículo 2° de la citada norma se designó como Presidente del Consejo Federal de Precursores Químicos al ex Titular de la ex SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la ex SECRETARÍA DE SEGURIDAD de este Ministerio.

Que, en otro orden, por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, entre ellos, el correspondiente al MINISTERIO DE SEGURIDAD para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo sus competencias.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 335/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio, contemplando a la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, quien tiene entre sus acciones “7. Asistir a la Subsecretaría en su relación con el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO), el Consejo Federal de Precursores Químicos y la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450 (Lavado de Dinero del Narcotráfico), en el ámbito de su competencia”.

Que, a su vez, la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS -dependiente de la Dirección Nacional ut supra mencionada- tiene entre sus acciones “16. Asistir a la Dirección Nacional en los trabajos preparatorios necesarios para la participación del MINISTERIO DE SEGURIDAD en el CONSEJO FEDERAL DE PRECURSORES QUÍMICOS, creado por la Ley N° 27.283”.

Que, en virtud de lo antedicho, resulta necesario readecuar el Reglamento de Funcionamiento Interno del CONSEJO FEDERAL DE PRECURSORES QUÍMICOS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 4, inciso b), apartado 9°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias, y el Decreto Reglamentario N° 697/17.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° RESOL-2019-60-APN-MSG.

ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo Federal de Precursores Químicos, creado por la Ley N° 27.283, conforme se detalla en el ANEXO (IF-2020-77529837-APN-DRYFPQ#MSG), que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase ad honorem como Presidente del Consejo Federal de Precursores Químicos al Titular de la Dirección Nacional de Lucha contra el Narcotráfico de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLITÍCA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida tendrá vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y efectúese la notificación de la designación ordenada en el art. 3°. Cumplido archívese.

Sabina Andrea Frederic

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/11/2020 N° 56725/20 v. 18/11/2020

Fecha de publicación 18/11/2020