MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 435/2020
RESOL-2020-435-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2020
VISTO el Expediente EX-2020-11688173-APN-DIREMAN#GNA del Registro de GENDARMERÍA NACIONAL, y
CONSIDERANDO:
Que, en las mencionadas actuaciones, el DIRECTOR de GENDARMERÍA NACIONAL informa que las calificaciones obtenidas por los CADETES de la Septuagésima Quinta Promoción de la ESCUELA DE GENDARMERÍA NACIONAL “GENERAL D. MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”, han satisfecho las exigencias para su egreso como Oficial en sus respectivas especialidades, conforme a lo establecido en el artículo 57 de la Ley de GENDARMERÍA NACIONAL Nº 19.349 y sus modificatorias.
Que en virtud de lo anterior corresponde otorgar a dichos CADETES de la Septuagésima Quinta Promoción de la ESCUELA DE GENDARMERÍA NACIONAL “GENERAL D. MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES” el grado de SUBALFÉREZ, en sus respectivas especialidades, al 31 de diciembre de 2019, y extender a ellos los despachos correspondientes.
Que han tomado intervención la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de GENDARMERÍA NACIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud a lo establecido en el Artículo 1°, Inciso d), del Decreto N° 954/2017.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébense las calificaciones de egreso obtenidas por los CADETES de la Septuagésima Quinta Promoción de la ESCUELA DE GENDARMERÍA NACIONAL “GENERAL D. MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES”.
ARTÍCULO 2º.- Otorgase el grado de SUBALFÉREZ, en sus respectivas especialidades, al 31 de diciembre de 2019, al personal de CADETES conforme la nómina que obra como ANEXO I (IF-2020-75996005-APN-SSYPC#MSG), ANEXO II (IF-2020-75996034-APN-SSYPC#MSG), ANEXO III (IF-2020-75996064-APN-SSYPC#MSG) y ANEXO IV (IF-2020-75996112-APN-SSYPC#MSG), formando parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicciòn 05 - GENDARMERÍA NACIONAL.
ARTÍCULO 4º.- Extiéndanse los despachos correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL del Registro Oficial y archívese.
Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/11/2020 N° 57380/20 v. 20/11/2020
Fecha de publicación 20/11/2020