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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 436/2020

RESOL-2020-436-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2020

VISTO el Expediente EX-2020-60716569- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 1318-E del 7 de diciembre de 2017 y N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que ante el JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECIONAL N°1 DE LA CIUDAD DE LA PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, tramita el expediente N° FLP 76789/2017 caratulado “NN S/ INFRACCIÓN LEY 26.364”, con intervención de la FISCALÍA FEDERAL N° 1 de la mencionada ciudad y provincia subrogantemente a cargo del Doctor Guillermo Héctor FERRARA.

Que oportunamente se dictó la Resolución del Ministerio de Seguridad Nº 1318-E/2017, mediante la cual se ofrece una recompensa de acuerdo a la Ley 26.538, de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Johana Luján RAMALLO, D.N.I. N° 38.584.879 quien fuera vista por última vez el 26 de julio de 2017 en la estación de servicio ubicada en la intersección de las calles números 1 y 63 de la Ciudad de La Plata.

Que el Fiscal Subrogante a cargo de la FISCALÍA FEDERAL N° 1 Doctor Guillermo Héctor FERRARA, mediante oficio del 10 de agosto de 2020, solicita que el ofrecimiento de recompensa se modifique de modo tal que se oriente a obtener información acerca de las circunstancias de la desaparición y muerte de la víctima Johana Luján RAMALLO, que podrían estar vinculadas a la trata de personas con fines de explotación sexual y al tráfico de estupefacientes, como así también identificar a las personas que pudieran estar involucradas a esos hechos.

Que en virtud de ello, deviene necesario modificar el ofrecimiento de recompensa, orientándolo a lo solicitado por la Fiscalía interviniente.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 1318-E/2017 y N° 828/2019.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 1° de la Resolución Nº 1318-E del 7 de diciembre de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Ofrézcase como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para obtener información acerca de las circunstancias de la desaparición y muerte de la víctima Johana Luján RAMALLO, D.N.I. N° 38.584.879, como así también datos que sirvan para lograr la aprehensión de los autores del homicidio de la nombrada RAMALLO”.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sabina Andrea Frederic

e. 20/11/2020 N° 57414/20 v. 20/11/2020

Fecha de publicación 20/11/2020