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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 1027/2020

RESFC-2020-1027-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2020

VISTO, el Expediente EX-2020-77329804-APN-DAJ#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a cooperativas y mutuales, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, Decreto N° 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que entre sus misiones y funciones, se encuentra la de promover a las citadas entidades en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce su control público y favorece su desarrollo.

Que constituye un objetivo del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, promover la cooperación entre entidades de la Economía Social, a fin de contribuir a su desarrollo mediante la complementación de capacidades a través de una lógica colaborativa y cooperativa.

Que existen antecedentes exitosos de programas de distribución de alimentos implementados bajo la promoción de organismos del Estado nacional, a fin de fomentar la incorporación de alimentos esenciales de una dieta saludable, como el desarrollado en año 2015 para incentivar el consumo de pescados.

Que la recesión económica, profundizada por la pandemia provocada por el COVID19, requiere impulsar acciones que incentiven la producción de alimentos saludables que lleguen a la población a bajo costo.

Que el municipio constituye el ámbito adecuado para el desarrollo de este tipo de interacciones, basadas en la reciprocidad y la cooperación entre organizaciones públicas y privadas.

Que resulta conveniente, que las cooperativas productoras de alimentos, se relacionen con los municipios y otras entidades de carácter solidario o comercial, a fin de propiciar la disminución de los costos de los procesos de distribución, eliminando intermediadores, para llegar a los consumidores con precios más accesibles.

Que dichos productos deben responder a las normativas vigentes nacionales, provinciales y municipales, para asegurar una provisión acreditada desde el punto de vista sanitario y legal.

Que la realización de convenios, consorcios y otros instrumentos asociativos, entre entidades públicas y privadas de carácter solidario o comercial, resultan pertinentes para el desarrollo de las actividades descriptas.

Que la Dirección Nacional de Desarrollo y Promoción Cooperativa y Mutual y las Comisiones Técnicas de Agro-alimentos y de Logística, constituyen ámbitos adecuados para el fomento de estos acuerdos.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 20.337 y los Decretos N° 420/96, 721/00, 1192/02 sus modificatorios y complementarios.

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Promuévase el desarrollo del “Programa de Productos de la Economía Social” (PES) con el objeto de impulsar la realización de convenios, consorcios y otros instrumentos asociativos, entre entidades públicas y privadas de carácter solidario o comercial, para lograr la disminución de los costos de los procesos de distribución, eliminando intermediadores, a fin de que los productos lleguen a los consumidores con precios más accesibles.

ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase a la Dirección Nacional de Desarrollo y Promoción Cooperativa y Mutual y a las Comisiones Técnicas de Agro-alimentos y de Logística de este Instituto, la elaboración de planes y acciones tendientes a la concreción del programa mencionado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Alejandro Russo - Carlos Alberto Iannizzotto - Nahum Mirad

e. 24/11/2020 N° 57943/20 v. 24/11/2020

Fecha de publicación 24/11/2020