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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

Resolución 641/2020

RESOL-2020-641-APN-MDP

Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-77295039-APN-DGD#MDP y el Decreto N° 760 de fecha 23 de septiembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 760 de fecha 23 de septiembre de 2020 se aprobó el Modelo de Contrato Modificatorio de los Contratos de Préstamos Nros. 2776/OC-AR suscripto el 19 de marzo de 2013, 3066/OC-AR suscripto el 29 de marzo de 2014, 2929/OC-AR suscripto el 29 de marzo de 2014, 3174/OC-AR suscripto el 30 de septiembre de 2014, 3780/OC-AR suscripto el 31 de mayo de 2017, 3867/OC-RG suscripto el 26 de julio de 2017, 4229/OC-AR suscripto el 31 de octubre de 2017, 4502/OC-AR suscripto el 21 de agosto de 2018 y 4500/OC-AR suscripto el 28 de septiembre de 2018, a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (U$S 500.000.000) destinados a financiar la implementación del “Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo”.

Que el objetivo general de esta reformulación es apoyar la sostenibilidad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) como sostén del empleo en nuestro país en el contexto de crisis generada por la pandemia de COVID-19, estableciendo como objetivos específicos el apoyo para la sostenibilidad financiera de corto plazo y la promoción de la recuperación económica a través del acceso al financiamiento productivo.

Que por el Artículo 4° del mencionado decreto se designó como “Organismo Ejecutor” del “Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo” al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a través de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, con apoyo de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales dependiente de este Ministerio, para la gestión administrativa y financiera de los recursos del citado Programa, y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como organismo subejecutor encargado de la contratación y coordinación de la evaluación del Programa, quedando ambos facultados para la realización de todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato Modificatorio aprobado.

Que con fecha 20 de octubre del 2020 se suscribió el Contrato Modificatorio de los Contratos de Préstamos referenciados en el primer considerando entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula 3.01 “Condiciones contractuales especiales previas al primer desembolso de los Recursos Reorientados”, apartado (i) del referido contrato, corresponde dictar el REGLAMENTO DE CRÉDITO del PROGRAMA GLOBAL DE CRÉDITO PARA LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR PRODUCTIVO.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN han tomado intervención en las presentes actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4° el Decreto N° 760/20.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el REGLAMENTO DE CRÉDITO del PROGRAMA GLOBAL DE CRÉDITO PARA LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR PRODUCTIVO (AR-L1328) que como Anexo (IF-2020-79020453-APN-SPYMEYE#MDP) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Matías Sebastián Kulfas

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/11/2020 N° 57766/20 v. 24/11/2020

Fecha de publicación 24/11/2020