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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 188/2020

DI-2020-188-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2020

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00586342-AFIP-SDGOIGC#DGIMPO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el VISTO, se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales, existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

Que con el objeto de optimizar los procesos internos y mejorar el análisis de conductas que se consideren de riesgo y que permitan detectar acontecimientos de interés fiscal, resulta necesario unificar en una misma Dirección las tareas de investigación, selección, fiscalización y control de contribuyentes y/o responsables de mayor significación fiscal del país, tanto de personas humanas como de personas jurídicas.

Que, en ese sentido, dado el incremento de tareas y responsabilidades, resulta necesaria la creación de una unidad intermedia encargada de coordinar, supervisar y dar seguimiento a las tareas de fiscalización.

Que asimismo, resulta oportuno reorganizar las unidades técnico y legal dependientes de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales, concentrándolas bajo la órbita de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.

Que la Dirección de Gestión Organizacional, el Comité de Análisis de Estructura Organizacional, la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales y la Dirección General Impositiva, han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Eliminar la unidad orgánica con nivel de División denominada “Apoyo a la Gestión Penal”, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales, existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

ARTÍCULO 2°.- Determinar que las unidades orgánicas con nivel de Departamento, denominadas “Legal Grandes Contribuyentes Nacionales” y “Técnico Grandes Contribuyentes Nacionales” y sus unidades dependientes, existentes en la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales, pasen a depender de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, dependiente de la mencionada Subdirección General, manteniendo idénticas denominaciones.

ARTÍCULO 3°.- Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Recaudación de Personas Humanas”, dependiente del Departamento Personas Humanas de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a depender del Departamento Gestión de Cobro, existente en la misma Dirección, manteniendo idéntica denominación.

ARTÍCULO 4°.- Determinar que la unidad orgánica con nivel de Dirección denominada “Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales”, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse “Control Grandes Contribuyentes Nacionales”, manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

ARTÍCULO 5°.- Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Fiscalización de Personas Humanas”, dependiente del Departamento Personas Humanas, pase a denominarse “Investigación 3” y a depender del Departamento Investigación Grandes Contribuyentes Nacionales, existente en la Dirección de Control Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTÍCULO 6°.- Eliminar la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Personas Humanas”, dependiente de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTÍCULO 7°.- Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Apoyo a la Gestión”, dependiente de la Dirección de Control Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTÍCULO 8°.- Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales”, dependiente de la Dirección de Control Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTÍCULO 9°.- Determinar que las unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Fiscalización Externa Nº I, II, III y IV”, dependientes de la Dirección de Control Grandes Contribuyentes Nacionales, pasen a depender del Departamento Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales, manteniendo idénticas denominaciones.

ARTÍCULO 10.- Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Comprobaciones Externas”, dependiente de la Dirección de Control Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse “Fiscalización Externa N° V” y a depender del Departamento Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTÍCULO 11.- Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada “Información Estratégica”, dependiente del Departamento Investigación Grandes Contribuyentes Nacionales, existente en la Dirección de Control Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTÍCULO 12.- Eliminar UN (1) cargo de Jefe de Sección del cupo de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTÍCULO 13.- Reemplazar en la estructura organizativa vigente el Anexo A05 (IF-2020-00732930-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) y, en su parte pertinente, los Anexos I (IF-2020-00732919-AFIPSGDADVCOAD# SDGCTI), B05 (IF-2020-00737424-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) y C (IF-2020- 00732957-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) correspondiente a las áreas centrales, por los que se aprueban por la presente.

ARTÍCULO 14.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 15.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Mercedes Marco del Pont

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/11/2020 N° 58974/20 v. 27/11/2020

Fecha de publicación 27/11/2020