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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 311/2020

DI-2020-311-APN-CNRT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2020

VISTO el Expediente N° EX–2020-77247490-APN-MESYA#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que a partir que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declarara el brote del coronavirus COVID-19 como una pandemia, y el Poder Ejecutivo Nacional decretara el Aislamiento Social Obligatorio, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, no solo continuó con sus tareas de fiscalización, sino que también comenzó a prestar funciones extraordinarias de control y apoyo para el cumplimiento de las medidas impartidas por el Gobierno Nacional.

Que atento a lo expuesto ut supra, en diversas oportunidades y sobre todo al inicio de la pandemia, se hizo necesario proceder a la adquisición de algunos insumos de protección, con carácter urgente y excepcional, a los efectos de que el personal preste servicios en un marco de seguridad y prevención.

Que el Art. 81 de la Ley 24.156 establece que “…Los órganos de los tres poderes del Estado y la autoridad superior de cada una de las entidades descentralizadas que conformen la Administración Nacional, podrán autorizar el funcionamiento de fondos rotatorios, fondos rotatorios internos y/o cajas chicas, con el régimen y los límites que establezcan en sus respectivas reglamentaciones. Los gastos que se realicen a través del régimen de fondos rotatorios, fondos rotatorios internos y/o cajas chicas o similares, quedan excluidos del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional…”.

Que la Resolución CNRT Nº 59/97 creó en la Jurisdicción 50 - ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Servicio Administrativo Financiero 661 - COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, el Fondo Rotatorio por un monto de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000.-), el que ha sido modificado de acuerdo a la normativa correspondiente, siendo su última adecuación la establecida mediante Disposición N° DI-2020-3-APN-CNRT#MTR.

Que por el Decreto N° 8/16 del 4 de enero de 2016 se modificó la Estructura Orgánica del MINISTERIO DE TRANSPORTE quedando bajo la Jurisdicción 57 la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que el Decreto N° 1344/2007 y sus modificatorios, estableció, entre otros, la reglamentación del Régimen de Fondo Rotatorio.

Que bajo el Régimen aludido en el considerando anterior, se dio curso a la autorización de gastos de las adquisiciones, consignadas en el informe N° IF-2020-79159843-APN-DCSYL#CNRT, en el que se detallan, los expedientes en las que tramitaron, los bienes comprados, los importes abonados, y las empresas proveedoras.

Que atento a la urgencia y la necesidad de contar con la provisión de los elementos de protección y seguridad detallados en el informe precedentemente mencionado, no pudo llevarse a cabo los procedimientos del Régimen de Contrataciones vigente, debido a que los plazos requeridos en dicha normativa, impedían la gestión de las mentadas compras en tiempo y forma.

Que, en cada uno de los expedientes señalados en el referido Informe N° IF-2020-79159843-APN-DCSYL#CNRT, obran las autorizaciones del GERENTE DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, para la adquisiciones realizadas, con su correspondiente documentación.

Que conforme lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287, se incorporó como artículo 15 ter al Decreto Nº 260/20, el artículo 15, el cual prescribe que durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos, debiendo procederse a su publicación posterior en la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones y en el Boletín Oficial.

Que en consecuencia corresponde proceder a publicar los tramites de adquisiciones efectuados bajo el Régimen de Fondo Rotatorio, consignadas en el Informe N° IF-2020-79159843-APN-DCSYL#CNRT, en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dése publicidad mediante la presente Disposición, al informe N° IF-2020-79159843-APN-DCSYL#CNRT, que como anexo forma parte integrante de este acto.

ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jose Ramon Arteaga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/12/2020 N° 60509/20 v. 02/12/2020

Fecha de publicación 02/12/2020