ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 1334/2020
RESOL-2020-1334-APN-ENACOM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2020
VISTO el EX-2020-13540592-APN-SDYME#ENACOM, el IF-2020-66378656-APN-DNSA#ENACOM y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que por el Artículo 154 de la Ley N° 26.522, se transfirió al ámbito de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER), destinado a la realización y promoción de estudios, investigaciones, formación de capacitación de recursos humanos relacionados con los servicios de comunicación audiovisual por sí o mediante la celebración de convenios de terceros.
Que según el inciso 21 del Artículo 12 de la Ley N° 26.522, una de las funciones del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES es registrar y habilitar al personal técnico y de locución que se desempeñe en los servicios de radiodifusión y de comunicación audiovisual cuando fuere pertinente, así como proveer a su formación y capacitación.
Que a través del INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA se lleva a cabo dicha formación y se instrumenta el registro y la habilitación de profesionales de todo el territorio nacional.
Que con el objeto de agilizar los tiempos administrativos que implica el trámite de la firma de las habilitaciones del personal que se desempeña en los servicios de radiodifusión y de comunicación audiovisual a través de un acto resolutivo, se considera necesario delegar en el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS AUDIOVISUALES de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, Dr. Martín Ariel KLIMBERG (D.N.I. N° 16.496.293) en el marco de sus competencias específicas, la facultad mencionada en el inciso 21 del Artículo 12 de la Ley N° 26.522.
Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta Nº 56 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 30 de enero de 2020.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso 21) de la Ley N° 26.522, por el Decreto Nº 267/2015, el Acta Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 65 de fecha 27 de noviembre de 2020.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS AUDIOVISUALES de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, Dr. Martín Ariel KLIMBERG (D.N.I. N° 16.496.293) en el marco de sus competencias específicas, las facultades conferidas por el inciso 21 del Artículo 12 de la Ley N° 26.522 en el siguiente ítem: a. Registrar y habilitar al personal técnico y de locución que se desempeñe en los servicios de radiodifusión y de comunicación audiovisual.
ARTÍCULO 2°.- Cuando en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo anterior devengare necesario ejercer Actos Resolutivos por parte del Director Nacional, éstos se ejercerán mediante el dictado de Disposiciones.
ARTÍCULO 3º.- Las delegaciones establecidas por la presente Resolución no implican la derogación o modificación de las delegaciones legales o estatutarias vigentes ni renuncia al derecho de avocación del DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.
Claudio Julio Ambrosini
e. 10/12/2020 N° 62206/20 v. 10/12/2020
Fecha de publicación 10/12/2020