MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1850/2020
RESOL-2020-1850-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-65325748- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), la Resolución N° 919 del 8 de agosto de 2018 del registro del MINISTERIO DE CULTURA y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución M.C. N° 919/18 se aprobó el Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, el cual tiene como objeto regular la organización y las pautas de funcionamiento de tal evento anual, cuya finalidad es reconocer la trayectoria de los y las artistas visuales y promover la formación de artistas, espectadores y espectadoras, a través de la entrega del Premio Nacional a la Trayectoria Artística y los Premios de dicho Salón.
Que, a través de los artículos 1° y 5º del Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019, se sustituyeron el artículo 1° y el Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, creando -entre otros ministerios- el MINISTERIO DE CULTURA.
Que, asimismo, mediante los artículos 1° y 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobaron el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos -entre otros organismos- de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL.
Que, por esta razón, es preciso adecuar el Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES a las modificaciones realizadas por los decretos precitados.
Que, por otra parte, resulta conveniente establecer que los y las artistas de relevante trayectoria que participen de la elección del Premio Nacional a la Trayectoria Artística previsto en el artículo 4º del citado reglamento, deban tener al menos CUARENTA Y CINCO (45) años cumplidos al momento de la presentación, en lugar de ser mayores de SESENTA (60) años.
Que, cabe modificar los artículos 6º y 7º del Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, posibilitando que la postulación para el Premio Nacional a la Trayectoria Artística sea presentada por los propios artistas, en lugar de por las asociaciones de promoción artística o cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA; las escuelas, institutos y universidades de formación en artes; las universidades nacionales con carreras de arte; los organismos culturales provinciales y municipales; o los museos dedicados a las artes visuales, debiendo los y las interesados e interesadas contar, no obstante, con DOS (2) cartas de tales entidades y organismos, que avalen sus candidaturas.
Que, corresponde también, entre otras enmiendas, reformular la composición del jurado encargado de adjudicar el Premio Nacional a la Trayectoria Artística, favoreciendo una mayor participación en él de los y las representantes de las asociaciones de promoción artística o cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA y las escuelas e institutos de formación en artes.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD han tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias por la Ley Nº 27.467 - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL, prorrogado por Decreto N° 4 de fecha 2 de enero de 2020 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 10 de enero de 2020.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), el artículo 1º, inciso h) del Decreto Nº 392 del 17 de marzo de 1986 y sus modificatorios y el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES aprobado por el artículo 1° de la Resolución M.C. N° 919/18 y su modificatoria, que como ANEXO I (IF-2020-78951608-APN-SPC#MC) forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Fijar el valor de los premios de la Edición 109 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, conforme lo dispuesto por el ANEXO II (IF-2020-66478904-APN-SPC#MC), que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas específicas correspondientes al presente ejercicio asignado a esta Jurisdicción.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/12/2020 N° 62932/20 v. 14/12/2020
Fecha de publicación 14/12/2020