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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 78/2020

ACTA N° 1643

Expediente N° EX-2019-10309216-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 11 de DICIEMBRE de 2020

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) por incumplimiento a lo establecido en el inciso h) del artículo 4 del Reglamento de Suministro, a las obligaciones dispuestas en la Ley N° 26.179 y el artículo 25 incisos a), x) e y) de su Contrato de Concesión y conforme a los puntos previstos 5.5.3.8 y 6.3, con una multa en pesos equivalente a VEINTICINCO MIL KILOVATIOS HORA (25.000 kWh), valorizados de conformidad con la instrucción contenida en la Nota del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 125.248 punto 7.1. y su aclaratoria, la Nota ENRE N° 129.062, valorizada a la fecha del dictado del presente acto. 2.- El importe de la multa establecida en al artículo 1 deberá ser depositado por EDESUR S.A., dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de notificada la presente, en la cuenta abierta de conformidad a la Resolución ENRE Nº 42 de fecha 2 de junio de 2020, y deberá ser acreditado oportunamente a los “Usuarios activos” en los términos previstos en la citada resolución. Todo lo dispuesto en el presente artículo bajo apercibimiento de ejecución. 3.- EDESUR S.A. deberá entregar al ENRE copia, firmada por representante o apoderado de la distribuidora, de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo anterior, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos contados a partir de efectuado el depósito, bajo apercibimiento de ejecución. 4.- Notifíquese a EDESUR S.A. con copia del Informe Técnico (IF-2019-90820085-APN-DDCEE#ENRE), y hágase saber que: a) Se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; b) La presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: i) Por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también; ii) En forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065 y en el artículo 94 del citado reglamento, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos, y; iii) Mediante el recurso directo por ante la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales; c) De conformidad con lo prescripto en el punto 5.3 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión de EDESUR S.A., la distribuidora podrá interponer los pertinentes recursos legales “luego de hacer efectiva la multa” por lo que en caso contrario los recursos deducidos se tendrán por no presentados; d) Todo lo dispuesto en la presente resolución es bajo apercibimiento de ejecución, y; e) Los recursos que se interpongan contra la presente resolución no suspenderán su ejecución y efectos (artículo 12 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549). En cualquier caso, los pagos posteriores al plazo estipulado en el presente acto deben efectuarse con más el interés resultante de aplicar la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, calculada para el lapso que va desde el momento en que las penalidades deben satisfacerse y hasta su efectivo pago. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín -

Andrea Laura Erdini, Secretaría Privada, Secretaría del Directorio.

e. 15/12/2020 N° 63753/20 v. 15/12/2020

Fecha de publicación 15/12/2020