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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 2197/2020

DECAD-2020-2197-APN-JGM - Licitación Pública N° 80-0033-LPU19.

Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-89832060-APN-DCYCMS#MSYDS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 440 del 28 de febrero de 2020 se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0033-LPU19 llevada a cabo para la adquisición de kits de preservativos masculinos de látex y geles lubricantes, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la Ley N° 25.673, entre los que se encuentran prevenir embarazos no deseados, promover la salud sexual de los adolescentes y contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de VIH/sida y patologías genitales, solicitada conjuntamente por la entonces DIRECCIÓN DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA y la entonces DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, HEPATITIS Y TUBERCULOSIS, ambas dependientes del ex-MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, aprobándose, asimismo, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que del Acta de Apertura de Ofertas del 17 de marzo de 2020 surge la presentación de las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C., EDELORO S.A. y BUHL S.A.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.

Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) elaboró el correspondiente Informe Técnico de Precios Testigo, mediante Orden de Trabajo N° 92/20 del 17 de marzo de 2020, informando el Valor de Referencia para el renglón 1, en los términos y alcances establecidos por la Resolución SIGEN N° 36-E/17.

Que con fecha 21 de mayo de 2020 la entonces DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, HEPATITIS Y TUBERCULOSIS del MINISTERIO DE SALUD elaboró el Informe Técnico correspondiente a la totalidad de las ofertas presentadas, del que surge que solo la firma EDELORO S.A. cumple con las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contando con la conformidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA del MINISTERIO DE SALUD.

Que las firmas BUHL S.A. y EDELORO S.A. informaron en fechas 2 de julio y 4 de julio de 2020, respectivamente, su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de sus ofertas.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 4 de agosto de 2020, recomendando la desestimación de la totalidad de las ofertas por los motivos expuestos precedentemente.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD informó que no se efectuaron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que por lo expuesto corresponde declarar fracasada la presente Licitación Pública N° 80-0033-LPU19 del MINISTERIO DE SALUD.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y g) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°. - Apruébase la Licitación Pública N° 80-0033-LPU19 del MINISTERIO DE SALUD llevada a cabo para la adquisición de kits de preservativos masculinos de látex y geles lubricantes, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la Ley N° 25.673, entre los que se encuentran prevenir embarazos no deseados, promover la salud sexual de los adolescentes y contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de VIH/sida y patologías genitales, solicitada conjuntamente por la entonces DIRECCIÓN DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA y la entonces DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, HEPATITIS Y TUBERCULOSIS, ambas dependientes del ex-MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 2°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C., EDELORO S.A. y BUHL S.A. de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Declárase fracasada la referida Licitación Pública N° 80-0033-LPU19 del MINISTERIO DE SALUD, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García

e. 16/12/2020 N° 64334/20 v. 16/12/2020

Fecha de publicación 16/12/2020