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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS

Disposición 88/2020

DI-2020-88-APN-DGIYSA#ANAC

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2020

VISTO, el Expediente EX-2019-57172749-APN-ANAC#MTR del Registro de la ésta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y la Resolución ANAC N° 225 de fecha 04 de diciembre de 2009 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto, la Dirección de Aeródromos dependiente de ésta DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró el proyecto de Circular Técnica mediante la cual se establecen las especificaciones mínimas que deben cumplimentar los artefactos, equipos e instalaciones de los Sistemas de Balizamiento de Alta, Media y Baja intensidad, para su correspondiente homologación y utilización en los aeródromos y helipuertos públicos y privados del país.

Que motiva el presente proyecto, la necesidad de actualizar a las nuevas tecnologías que rigen en esta actividad, las especificaciones técnicas requeridas para la aprobación de los Sistemas de Balizamiento para Baja, Media y Alta intensidad, en los aeródromos y helipuertos donde se realizan operaciones en condiciones visuales por instrumentos de no precisión y por instrumentos de precisión respectivamente.

Que como consecuencia de lo anterior resulta necesario derogar la “Circular Técnica de Balizamiento (CTB) C.090.001” aprobada mediante la Disposición No. 02 de fecha 29 de mayo de 2015.

Que a los fines de una mejor técnica normativa es necesario continuar con una numeración correlativa en las circulares técnicas que sean aprobadas por esta ésta DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) de esta ANAC.”.

Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos dependiente de la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de ésta ANAC ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA), de esta ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y la Resolución ANAC N° 225 de fecha 04 de diciembre de 2009.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Deróguese la “Circular Técnica de Balizamiento (CTB) C.090.001” aprobada mediante la Disposición No. 02 de fecha 29 de mayo de 2015 de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) de esta ANAC.

ARTÍCULO 2°.- Apruébese el texto de la Circular Técnica N° 154.002 bajo el título “Especificaciones generales para la aprobación de artefactos, equipos e instalaciones de los sistemas de balizamiento”, que como Anexo GDE N° IF-2020-02491184-APN-DGIYSA#ANAC forma parte de la presente disposición, la cual será de aplicación a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, dese intervención a la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPyCG) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), difúndase mediante las publicaciones de información aeronáutica y sitio web institucional de la ANAC y cumplido, archívese.

Carlos Horacio Miño Humada

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.anac.gob.ar sección normativa

e. 17/12/2020 N° 64198/20 v. 17/12/2020

Fecha de publicación 17/12/2020