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19 de Abril de 2024

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Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN

Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la RESOL-2020-86-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI por la cual se CONDENA al abajo mencionado por la infracción prevista y penada en el art. 986 del Código Aduanero, haciéndole saber que dentro de los quince (15) días hábiles de notificado, deberá abonar la multa y los tributos abajo detallados, caso contrario quedará automáticamente constituido en mora, procediéndose de conformidad a lo normado en los art. 1122, ss y concordantes del Código Aduanero, más los intereses correspondientes conforme lo previsto en los artículos 794 y 924 del mismo cuerpo legal.

Se notifica al interesado que dentro del plazo antes indicado, tiene derecho a interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa, previstos por el art. 1132 y 1133 del Código Aduanero, en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 C.A.).

Asimismo, se hace saber al nombrado que se decretó el COMISO de la mercadería comprendida bajo Acta Lote Nº 19075ALOT000053L.

Actuación SIGEACAUSANTEMONTOINFRACCION
12372-212-2019ORELLANA AGUILAR Jorge Armando
D.N.I. Nº 92.246.103
$ 74.960,81 en concepto de multa
U$S 751,18 en concepto de tributos
Art. 986

Elina Ibet Mora, Administradora de Aduana.

e. 22/12/2020 N° 65755/20 v. 22/12/2020

Fecha de publicación 22/12/2020