MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2801/2020
RESOL-2020-2801-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2020
VISTO el EX-2020-57497343-APN-DNCSSYRS#MS, y
CONSIDERANDO:
Que las políticas de salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados, con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.
Que en el marco de las políticas vinculadas a la salud, desarrolladas por el Estado nacional a través de esta cartera sanitaria, se implementa el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, creado por Resolución Nº 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETARÍA DE SALUD actual MINISTERIO DE SALUD.
Que entre los objetivos del referido programa se encuentran el diseño de instrumentos, la capacitación, sensibilización, investigación y gestión de mejoras y reducción de los riesgos sanitarios de los riesgos sanitarios en los establecimientos de todo el país.
Que en ese marco se desarrollan acciones vinculadas a mejorar la seguridad de los pacientes y a desarrollar herramientas para su implementación en los establecimientos asistenciales, que contribuyan a lograr un modelo de atención eficiente, accesible y seguro, centrado en la persona y asistiendo técnicamente a las jurisdicciones provinciales para la capacitación y desarrollo de procesos de calidad en los servicios de salud de las mismas.
Que la seguridad del paciente es entendida como la disciplina que busca la prevención y reducción de daños prevenibles asociados a la atención sanitaria. En este contexto, las acciones para seguridad del paciente son el conjunto de elementos estructurales, procesos, instrumentos y metodologías que tiene por objeto minimizar el riesgo de sufrir un evento adverso en el proceso de atención de la salud o de mitigar sus consecuencias e implican la evaluación permanente de los riesgos asociados a la atención de la salud para diseñar e implementar barreras de seguridad y desarrollar estrategias para reducir el daño innecesario asociado a la asistencia sanitaria.
Que es prioridad la seguridad del paciente como uno de los componentes más importantes de la calidad asistencial y elemento indispensable para lograr el derecho de los pacientes a ser atendidos por sistemas sanitarios seguros y para aunar a los profesionales sanitarios, a los pacientes y a las instituciones de salud.
Que en este marco la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, en consonancia con las recomendaciones internacionales, ha decidido desarrollar una Herramienta para la Evaluación y Mejora de la Seguridad de los Pacientes en el Ámbito de la Atención Sanitaria, en base al documento de Acciones para la Seguridad de los Pacientes en el Ámbito de la Atención Sanitaria aprobado por Resolución de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD N° 2707 de fecha 23 de octubre de 2019.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han prestado conformidad a la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y modificatorias, y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, complementarios y modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el documento “Herramienta para la Evaluación y Mejora de la Seguridad de los Pacientes en el Ámbito de la Atención Sanitaria” que como Anexo I, IF-2020-57889242-APN-DNCSSYRS#MS, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Incorpórase al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA la “Herramienta para la Evaluación y Mejora de la Seguridad de los Pacientes en el Ámbito de la Atención Sanitaria” aprobada por el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA la presente herramienta a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación del mismo en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
ARTÍCULO 4°.- Invitase a las jurisdicciones a adherir a la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ginés Mario González García
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/12/2020 N° 67008/20 v. 28/12/2020
Fecha de publicación 28/12/2020