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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Y SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL

Resolución Conjunta 1/2020

RESFC-2020-1-APN-SAGYP#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-11535497- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios Nº 27.279 y su Decreto Reglamentario Nº 134 de fecha 19 de febrero de 2018, el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 27.279 establece los Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios y tiene como objetivo fundamental garantizar que la gestión integral de los mismos y de su material recuperado, no implique riesgos para la salud humana o animal, ni para el ambiente.

Que el Artículo 16 de la referida ley expresa que la Autoridad de Aplicación será asistida por UN (1) Consejo Consultivo, de carácter honorario, que tendrá por objeto asesorar y proponer iniciativas sobre temas relacionados con la citada Ley Nº 27.279.

Que el Artículo 16 del Anexo I al Decreto Reglamentario Nº 134 de fecha 19 de febrero de 2018, faculta a la Autoridad de Aplicación a dictar la normativa que resulte necesaria para el funcionamiento del Consejo Consultivo.

Que por el Artículo 14 de la mencionada Ley Nº 27.279, el entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y la ex - SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, serían conjuntamente la Autoridad de Aplicación según los alcances que establece la reglamentación de la precitada ley.

Que por el Artículo 14 del mencionado Decreto Nº 134/18, se autorizó a las Autoridades de Aplicación a delegar el ejercicio de sus respectivas competencias en una dependencia de rango no inferior a Secretaría.

Que por la Resolución Nº RESOL-2018-58-APN-SGAYDS#SGP de fecha 13 de noviembre de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se delegaron las facultades y obligaciones determinadas por la referida Ley Nº 27.279 y su reglamentación, en la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL dependiente de la mencionada ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que a través de la Resolución Nº RESOL-2018-93-APN-MA de fecha 17 de mayo de 2018 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se delegaron las facultades y obligaciones determinadas por la citada Ley Nº 27.279 y su reglamentación en la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del citado ex - Ministerio, actual MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que para asegurar un funcionamiento ágil, oportuno y eficiente del citado Consejo Consultivo resulta conveniente contar con una SECRETARÍA TÉCNICA cuya función será la de coordinar las acciones a desarrollar y brindar apoyo administrativo.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, han tomado la debida intervención, de conformidad con lo establecido en el Artículo 101 del Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en función de las facultades conferidas por la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios Nº 27.279, reglamentada por el Decreto Nº 134 de fecha 19 de febrero de 2018, y por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Y

EL SECRETARIO DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Consultivo de la Ley Nº 27.279, de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios que, como Anexo registrado con el Nº IF-2020-75285188-APN-SAGYP#MAGYP forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julian Echazarreta - Sergio Federovisky

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/12/2020 N° 67000/20 v. 29/12/2020

Fecha de publicación 29/12/2020