MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 717/2020
RESOL-2020-717-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2020
Visto el EX-2019-88943020- -APN-DGD#MHA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 formulado por Nación Bursatil S.A., actuante en el ámbito del Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III, del Título II el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 de Nación Bursatil S.A, actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I (IF-2020-88154954-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-73282760-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímase en la suma de ochenta y siete millones novecientos sesenta y ocho mil cien pesos ($ 87.968.100) los ingresos de operación y fíjase en la suma de ochenta millones cuatrocientos treinta mil ochenta y dos pesos ($ 80.430.082) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Ganancia de Operación) estimado en siete millones quinientos treinta y ocho mil dieciocho pesos ($ 7.538.018), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-73282760-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímase en la suma de ochenta y nueve millones quinientos sesenta y ocho mil cuatrocientos treinta y cinco pesos ($ 89.568.435) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de ochenta y cinco millones trescientos setenta y cinco mil trescientos nueve pesos ($ 85.375.309) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (ahorro) estimado en cuatro millones ciento noventa y tres mil ciento veintiséis pesos ($ 4.193.126), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-73282760-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímase en la suma de un millón trescientos quince mil seiscientos sesenta y cuatro pesos ($1.315.664) los recursos de capital y fíjase en la suma de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2020 en cuatro millones trescientos ocho mil setecientos noventa pesos ($ 4.308.790), de acuerdo al detalle obrante en las planillas del anexo II (IF-2020-73282760-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/12/2020 N° 67463/20 v. 30/12/2020
Fecha de publicación 30/12/2020