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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 725/2020

RESOL-2020-725-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2020

Visto el expediente EX-2020-64863751-APN-DA#EDUCAR, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por Educ.ar Sociedad del Estado, actuante en el ámbito del Ministerio de Educación.

Que la ley 24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021, de Educ.ar Sociedad del Estado, actuante en el ámbito del Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle que figura en los anexos I (IF-2020-78278364-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-78278489-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estímase en la suma de mil quinientos millones de pesos ($ 1.500.000.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de mil quinientos millones de pesos ($ 1.500.000.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico equilibrado, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-78278489-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estímase en la suma de ciento noventa y un millones ciento veintidós mil pesos ($ 191.122.000) los recursos de capital y fíjase en la suma de ciento noventa y un millones ciento veintidós mil pesos ($ 191.122.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 2º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero equilibrado para el ejercicio 2021, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-78278489-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/12/2020 N° 67459/20 v. 30/12/2020

Fecha de publicación 30/12/2020