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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 733/2020

RESOL-2020-733-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2020

VISTO el expediente EX-2020-64525314-APN-GAF#ADIFSE, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIFSE), actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte.

Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III, del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto, de la Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADISFE), actuante en el ármbito del Ministerio de Transporte, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I (IF-2020-87400563-SSP#MEC) y II (IF-2020-87400741-SSP#MEC), que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estímase en la suma de setecientos cincuenta y tres millones diez mil doscientos seis pesos ($ 753.010.206) los ingresos de operación y fíjase en la suma de dos mil ochenta y siete millones trescientos setenta y siete mil doscientos seis pesos ($ 2.087.377.206) los gastos de operación, y como consecuencia de ello, apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en mil trescientos treinta y cuatro millones trescientos sesenta y siete mil pesos ($ 1.334.367.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-87400741-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estímase en la suma de dos mil ochenta y siete millones trescientos setenta y siete mil doscientos seis pesos ($ 2.087.377.206) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de dos mil ochenta y siete millones trescientos setenta y siete mil doscientos seis pesos ($ 2.087.377.206) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Equilibrado) estimado en cero pesos ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-87400741-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4º.- Estímase en la suma de diez mil novecientos treinta y cuatro millones quinientos cuarenta y cinco mil setecientos pesos ($ 10.934.545.700) los recursos de capital y fíjase en la suma de diez mil novecientos treinta y cuatro millones quinientos cuarenta y cinco mil setecientos pesos ($ 10.934.545.700) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2021, en la suma de cero pesos ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-87400741-SSP#MEC).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/12/2020 N° 67696/20 v. 30/12/2020

Fecha de publicación 30/12/2020