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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 939/2020

RESOL-2020-939-APN-PRES#SENASA

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-55738134- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros. RESOL-2017-311-APN-MA del 12 de octubre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y RESOL-2019-7-APN-PRES#SENASA del 4 de enero de 2019 del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° RESOL-2017-311-APN-MA del 12 de octubre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se dan por asignadas transitoriamente a partir del 10 de marzo de 2016 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, las funciones de Director de Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al ex-agente Médico Veterinario D. Eduardo Dionisio MARADEI (M.I. N° 10.479.307).

Que la mentada resolución es prorrogada por la Resolución N° RESOL-2019-7-APN-PRES#SENASA del 4 de enero de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del 12 de abril de 2018.

Que mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.

Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.

Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-2020-33433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N° 1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.

Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se propicia.

Que mediante Memorándum Nº ME-2019-48038166-APN-PRES#SENASA del 21 de mayo de 2019 se procede a limitar la asignación transitoria de funciones como Director de Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, al ex-agente Médico Veterinario D. Eduardo Dionisio MARADEI (M.I. N° 10.479.307).

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada a partir del 8 de enero y hasta el 20 de mayo de 2019, la asignación transitoria de funciones como Director de Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico, dispuesta por la Resolución N° RESOL-2017-311-APN-MA del 12 de octubre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y prorrogada por la Resolución Nº RESOL-2019-7-APN-PRES#SENASA del 4 de enero de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al ex-agente Médico Veterinario D. Eduardo Dionisio MARADEI (M.I. N° 10.479.307), quien revistara en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del escalafón aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del mentado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carlos Alberto Paz

e. 05/01/2021 N° 68234/20 v. 05/01/2021

Fecha de publicación 05/01/2021