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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 297/2020

RESOL-2020-297-APN-SIGEN

Ciudad de Buenos Aires, 31/12/2020

VISTO el Expediente EX-2020-89032451-APN-SIGEN, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones SIGEN N° 158 del 23 de octubre de 2002, Nº 157 del 14 de septiembre de 2018, Nº 131 del 7 de abril de 2020 y Nº 185 del 10 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 103 de la Ley N° 24.156, establece que el modelo de control que aplique y coordine la sindicatura deberá ser integral e integrado, abarcar los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, la evaluación de programas, proyectos y operaciones y estar fundado en criterios de economía, eficiencia y eficacia.

Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que mediante la Resolución SIGEN Nº 157/2018 se aprobó la estructura organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y las Responsabilidades Primarias y Acciones y el ámbito de competencia de cada una de las Gerencias de Control.

Que mediante la Resolución SIGEN Nº 185/2020 se creó, en el ámbito de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, el Observatorio de Políticas de Género con el fin de coadyuvar al control de la gestión de gobierno en el fortalecimiento de la implementación de políticas en materia de perspectiva e igualdad de género y oportunidades

Que a través de la Resolución SIGEN N° 158/2002, se creó la “COMISIÓN DE ANÁLISIS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS – DECRETO N° 1295/2002” para evaluar las actuaciones remitidas en el marco del procedimiento previsto en el Artículo 12 del citado Decreto, modificado por el Artículo 7° del Decreto N° 1953/2002.

Que por Resolución SIGEN Nº 131/2020, se designó a los integrantes titulares de la Comisión de Análisis de Redeterminación de Precios - Decreto N° 1295/2002.

Que considerando las responsabilidades asignadas normativamente a este organismo de control, resulta necesario readecuar la estructura organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a las necesidades del Estado Nacional.

Que, en consecuencia, deviene necesario dejar sin efecto las Resoluciones SIGEN Nº 157/2018, sus modificatorias y complementarias, N° 158/2002 y Nº 131/2020, en tanto que las funciones de la citada Comisión han quedado subsumidas por la Gerencia de Proyectos Especiales.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, como así también la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 112 inciso b) de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprúebase la estructura organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones y el ámbito de competencia de las Gerencias de Control, que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If (IF-2020-91864977-APN-SNI#SIGEN), II (IF-2020-91866117-APN-SNI#SIGEN) y III (IF-2020-91866066-APN-SNI#SIGEN) respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Aclárase que, conforme a la normativa vigente, los agentes que se desempeñen en el Observatorio de Políticas de Género y en el Área de Integridad Pública de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN no recibirán remuneración adicional ni suplemento alguno por las funciones que desarrollen.

ARTÍCULO 3°.- Deróganse las Resoluciones SIGEN N° 158 del 23 de octubre de 2002, Nº 157 del 14 de septiembre de 2018 y Nº 131 del 7 de abril de 2020.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del 01 de enero de 2021.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carlos Antonio Montero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/01/2021 N° 82/21 v. 05/01/2021

Fecha de publicación 05/01/2021