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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

Disposición 1/2021

DI-2021-1-APN-SSTA#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2021

VISTO el Expediente EX-2020-17134508-APN-DGD#MTR del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Ley N° 24.449, el Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, el Decreto N° 32 de fecha 10 de enero de 2018, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y la Disposición Nº 58 de fecha 17 de octubre de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.449, conjuntamente con su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, establece en su artículo 53, entre otras cuestiones, las diferentes configuraciones de equipos de cargas por automotor y los pesos máximos admisibles de los mismos.

Que el Decreto 32 de fecha 10 de enero de 2018 modificó, en su artículo 27, los apartados 1 al 2.6. del Anexo R del Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, y en particular el apartado 2.3.1, ha establecido una serie de configuraciones de equipos de transporte de carga por automotor de libre circulación en rutas nacionales.

Que algunos de estos equipos presentan configuraciones de ejes que permiten un peso bruto total combinado mayor a 45 toneladas.

Que el desarrollo de la técnica y las necesidades de la logística en la región, hacen necesaria la inclusión de diferentes variantes dentro de las configuraciones aprobadas de equipos de cargas, con el objetivo de mejorar la eficiencia y asegurando en todos los casos las mejores condiciones de seguridad.

Que en este orden de ideas, se ha solicitado la inclusión de la combinación de tractor con semirremolque, con configuración de ejes 1S-2D-1D-3D, con un peso bruto total combinado de 55,5 toneladas.

Que si bien para el mismo peso bruto total combinado, puede aplicarse la configuración existente 1S-2D-1D-1D1D, que cuenta con 1 eje menos, el equipo enunciado en el considerando anterior, cuenta con ventajas técnicas y logísticas para operar en la región.

Que la variante de la configuración bajo análisis presenta una menor carga por conjunto de ejes, con el consiguiente beneficio para la red vial, además su comportamiento en los giros cerrados es más ventajoso que la configuración 1S-2D-1D-1D-1D, tanto en lo que respecta al arrastre de neumáticos, como por el área barrida en dicha maniobra.

Que la propuesta fue analizada, por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, mediante Informe IF-202069148717-APN-OYM#DNV, con opinión favorable, siempre que las unidades cuenten con la correspondiente Licencia de Configuración de Modelo en el caso de unidades 0 km, o que satisfagan el plexo legal vigente en materia de unidades escaladas.

Que el artículo 31 del mencionado Decreto Nº 32 de fecha 10 de enero de 2018 estableció que: “La COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, queda facultada para establecer los requisitos que deberán cumplir las configuraciones relativas a vehículos de transporte de pasajeros y de carga, descriptas en el presente régimen”.

Que en este contexto la Disposición N° 58 de fecha 17 de octubre de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, reglamentó entre otros aspectos técnicos, aquellos vinculados a las unidades cuyo peso bruto total combinado excede las 45 toneladas.

Que la medida propiciada implica una modificación a dicha Disposición en lo relativo a un aspecto reglamentario de la configuración individualizada con el número 25 del Anexo R del Decreto Nº 779/95, ampliando sus variantes de diseño.

Que corresponde al ESTADO NACIONAL, generar políticas de mediano plazo que tiendan a incrementar la seguridad, y mejorar la logística y eficiencia de los vehículos afectados al transporte por automotor.

Que la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, ambas de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la intervención técnica de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, y el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese la inclusión en la configuración 25, establecida en el apartado 2.3.1 del Anexo R del Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, modificado por el artículo 27 del Decreto Nº 32 de fecha 10 de enero de 2018, las siguientes disposiciones de ejes:

ARTÍCULO 2°.- Reemplácese el cuadro del punto 1 del apartado 1, del Anexo 1 de la Disposición N° 58 de fecha 17 de octubre de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el que a continuación se presenta:

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcos Cesar Farina

e. 14/01/2021 N° 1617/21 v. 14/01/2021

Fecha de publicación 14/01/2021