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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 45/2021

DISFC-2021-45-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2021

Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, lo opinado por el Departamento Sanidad, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que la observación del sistema normativo requiere un análisis permanente, con la premisa de adecuarlo a las necesidades emergentes de la actividad desplegada por la Organización.

Que la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación impulsa la rectificación de la Ordenanza N° 2-13 (DPSN) del Tomo 5 “RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE” titulada “REGLAMENTO DE APTITUD PSICOFÍSICA PARA LA HABILITACIÓN DEL PERSONAL EMBARCADO DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL”.

Que la reforma reglamentaria proyectada trae una serie de mecanismos normativos respecto de los procedimientos atinentes al Régimen de Aptitud Médica de los tripulantes de buques, extraídos básicamente de la experiencia obtenida desde la puesta en vigencia de la norma aludida.

Que, a partir de la presente, todo el personal embarcado de la Marina Mercante Nacional que se someta al reconocimiento médico previsto en la Ordenanza de referencia, deberá proporcionar, con carácter de declaración jurada, la información sobre antecedentes médicos y patologías que lo afecten y de los que tenga conocimiento.

Que ha tomado debidamente intervención, por ser materia de su competencia, el Departamento Sanidad de esta Organización, que se expidió al respecto mediante IF-2020-57623969-APN-SANI#PNA.

Que la Asesoría Jurídica ha emitido Dictamen favorable para la implementación de la presente.

Que el proyecto no presenta objeciones desde el punto de vista reglamentario, conforme lo establece la publicación R.I. PNA 3-001 “Reglamento de Publicaciones”.

Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5°, inciso a), apartado 2 de la Ley N° 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina”.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. APRUÉBASE la rectificación de la Ordenanza N° 2-13 (DPSN) del Tomo 5 “RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE” titulada “REGLAMENTO DE APTITUD PSICOFÍSICA PARA LA HABILITACIÓN DEL PERSONAL EMBARCADO DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL”, que se adjunta como Anexo DI-2021-02769999-APN-DGMP#PNA y que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°. La presente modificación entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3°. Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO, procédase a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, la impresión de UN (1) ejemplar patrón y su actualización en los sitios oficiales de INTERNET e INTRANET de la Prefectura Naval Argentina.

ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Ruben Farinon – E/E Miguel Humberto Bartorelli – E/E Mario Ruben Farinon

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismos podrán ser consultado/s en https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval

e. 14/01/2021 N° 1513/21 v. 14/01/2021

Fecha de publicación 14/01/2021