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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

Resolución 7/2021

RESOL-2021-7-APN-SABYDR#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-34184847-APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 26.967, el Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, 201 de fecha 22 de mayo de 2007 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, 29 de fecha 24 de mayo de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y l 90 de fecha 12 de abril de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.967 se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que en virtud de la mencionada ley, se concede a los solicitantes el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que de conformidad con lo establecido por dicha ley y la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005, de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las renovaciones sucesivas del derecho de uso de dicho Sello serán en idéntico carácter y por igual período de tiempo.

Que asimismo, por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, se estableció un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que por Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Que porla Resolución N° 201 de fecha 22 de mayo de 2007 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobó el protocolo de calidad para “ARANDANOS FRESCOS”.

Que por la Resolución N° RESOL-2018-29-APN-SAYBI#MA de fecha 24 de mayo de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMIA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se concedió el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma “EXTRABERRIES SOCIEDAD ANÓNIMA” (C.U.I.T. N° 30-70938650-2), con certificado de Habilitación de Empaque A-1914-a-F, sito en RUTA NACIONAL. 9 y 34, KM 1450, Localidad de METAN, Provincia de SALTA, para distinguir el producto “ARANDANOS FRESCOS” para las marcas “EXTRABLUES”, “CALIFORNIA GIANT”, “NORTH BAY”, “NATURIPE”, “BIG BLUE”, “SOUTHERN SUN”, “BERRY COLLECTION”, “WIDMANN”, “SOUTHERN BLUES”, “DOLE”, “BERRY FRESH”, “CARSOL” Y “OCEAN SPRAY”.

Que en ese marco, resulta necesario establecer la exhibición obligatoria del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” respecto de aquellos productos destinados a la exportación y para los cuales se solicite el mencionado reintegro, a fin de cumplimentar con los objetivos previstos en el Artículo 3° de la Ley N° 26.967.

Que la mencionada firma “EXTRABERRIES SOCIEDAD ANÓNIMA” (C.U.I.T. N° 30-70938650-2), en su carácter de cesionaria ha solicitado la renovación del derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” para los productos y las marcas precedentemente mencionadas.

Que el solicitante ha cumplimentado con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridas por la citada Ley N° 26.967 y por la mencionada Resolución N°. 392/05 para la renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio..

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el contrato de cesión temporal y renuévase el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” a la firma “EXTRABERRIES SOCIEDAD ANÓNIMA” (C.U.I.T. N° 30-70938650-2), con domicilio en la calle Reconquista N° 1166, Piso 15 de la CIUDAD AUTÓNOMA de BUENOS AIRES, Certificado de Habilitación de Empaque A-1914-a-F, emitido por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), para distinguir el producto, “ARANDANOS FRESCOS” para la marcas “EXTRABLUES”, “CALIFORNIA GIANT”, “NORTH BAY”, “NATURIPE”, “BIG BLUE”, “SOUTHERN SUN”, “BERRY COLLECTION”, “WIDMANN”, “SOUTHERN BLUES”, “DOLE”, “BERRY FRESH”, “CARSOL” Y “OCEAN SPRAY”, conforme los Registros Nacionales Sanitarios de Productores Agropecuarios (RENSPA); de conformidad a lo establecido por la Ley N° 26.967, la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y la Resolución N° 201 del 22 de mayo de 2007 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- La renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” se acuerda por el plazo de DOS (2) años a contarse a partir del día 31 de mayo de 2020, debiendo el cesionario cumplimentar durante la vigencia del derecho de uso del referido Sello con todos los recaudos, requisitos, obligaciones y condiciones generales y particulares exigidos en la Ley N° 26.967 y en la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en la muestra de rótulo y/o elemento de packaging de los producto para el cuales se concede el derecho de uso del Sello y que como Fichas Técnicas Nros. IF-2020-66909566-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66907331-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66908070-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66907831-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66907179-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66908398-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66907010-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66908460-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66908296-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66907620-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66907113-APN-DGD#MAGYP, IF-2020-66907478-APN-DGD#MAGYP e IF-2020-66908213-APN-DGD#MAGYP, forman parte integrante de la presente medida

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber a la firma “EXTRABERRIES SOCIEDAD ANÓNIMA”, la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo anterior; para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcelo Eduardo Alos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/

e. 15/01/2021 N° 1667/21 v. 15/01/2021

Fecha de publicación 15/01/2021