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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 27/2021

RESOL-2021-27-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2019-69271409-APN-DGDOMEN#MHA y los Expedientes Nros. EX–2020-11697149-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020-11863454-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020 25455677-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020-26725341-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020-26762326-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2020-26990642-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2020-32369119-APN-DGDOMEN#MHA, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa BINGO KING S.A. solicitó su habilitación como agente autogenerador distribuido del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta II, con una potencia de CERO COMA TREINTA Y TRES MEGAVATIOS (0,33 MW), ubicado en el Departamento Tinogasta, Provincia de CATAMARCA, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CERO COMA CUATRO KILOVOLTIOS (0,4 kV) a instalaciones de la empresa ALTOS DE TINOGASTA S.A., vinculadas a instalaciones de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de ENERGÍA CATAMARCA SAPEM (EC SAPEM).

Que el autogenerador distribuido quedará constituido por el nodo generador Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta II y el nodo demandante GUME Bingo King (BINGOFON).

Que mediante la Nota Nº B-147394-1 de fecha 18 de febrero de 2020, (IF-2020-11897758-APN-DGDOMEN#MHA), obrante en el Expediente N° EX-2020-11863454-APN-DGDOMEN#MHA, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa BINGO KING S. A. cumple para su Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta II los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la Disposición DPGA Nº 154 de fecha 21 de octubre de 2019 de la Dirección Provincial de Gestión Ambiental de la SECRETARÍA DE ESTADO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la Provincia de CATAMARCA se aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la PSF Altos de Tinogasta II.

Que la empresa BINGO KING S. A. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta II se publicó en el Boletín Oficial N° 34.425 de fecha 15 de julio de 2020, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la ex Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA entonces del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención de su competencia.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como agente autogenerador distribuido del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la empresa BINGO KING S.A. para su Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta II, con una potencia de CERO COMA TREINTA Y TRES MEGAVATIOS (0,33 MW), ubicado en el Departamento Tinogasta, Provincia de CATAMARCA, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CERO COMA CUATRO KILOVOLTIOS (0,4 kV) a instalaciones de la empresa ALTOS DE TINOGASTA S.A., vinculadas a instalaciones de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de ENERGÍA CATAMARCA SAPEM (EC SAPEM).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a los efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa BINGO KING S.A., titular del Parque Solar Fotovoltaico Altos de Tinogasta II en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa BINGO KING S. A., a la empresa ALTOS DE TINOGASTA S.A., a la empresa EC SAPEM, a CAMMESA y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 15/01/2021 N° 1706/21 v. 15/01/2021

Fecha de publicación 15/01/2021