MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL
Resolución 103/2021
RESOL-2021-103-APN-SGC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2021
VISTO el EX- 2020-71177904 - -APN-MC y la RESOL-2020-1629-- APN-MC y
CONSIDERANDO:
Que a través de la RESOL-2020-1629--APN-MC se aprobó la realización del Concurso Federal de Muralismo, y su reglamento técnico de bases y condiciones.
Que, de conformidad con lo establecido el artículo 2º de la citada norma, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL actúa como autoridad de aplicación e interpretación de la convocatoria, y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que, específicamente, y de acuerdo a lo establecido en el punto 6) in fine, del reglamento de convocatoria, la autoridad de aplicación convalidará la designación nominal de los integrantes del jurado, respetando las representaciones establecidas, y aprobará la selección efectuada por este último, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
Que, en ese orden, y con fecha 16 de diciembre de 2020, se reunió el jurado conformado en los términos de la RESOL-2020-1629-APN-MC y ha efectuado la selección de los proyectos conforme lo establecido en el punto 6) del reglamento de convocatoria y en los términos del acta incorporada al IF-2020-90264069-APN-DNDYCC#MC.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las disposiciones del Decreto 50/2020 y las facultades otorgadas por la RESOL- 2020-1629--APN-MC.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convalidar la conformación nominal del jurado correspondiente al Concurso Federal de Muralismo, integrado por los miembros que rubrican el acta que integra la presente medida (IF-2020-90264069-APN-DNDYCC#MC).
ARTÍCULO 2°.- Aprobar la nómina de proyectos ganadores y suplentes, seleccionados por el jurado de acuerdo con el detalle consignado en el acta citada en el artículo precedente (IF-2020-90264069-APN-DNDYCC#MC).
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Arturo Maximiliano Uceda
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/01/2021 N° 1942/21 v. 18/01/2021
Fecha de publicación 18/01/2021