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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 31/2021

RDGN-2021-31-E-MPD-DGN#MPD

Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2021

VISTO Y CONSIDERANDO:

I. La presentación realizada por la Dra. Ana María Gil, titular de la Defensoría Pública Oficial Nº 1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Rosario, Provincia de Santa Fe, interinamente a cargo de la Defensoría Pública Oficial N°1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de La Plata, Provincia de Buenos Aires, mediante la cual solicita se disponga su traslado a esta última dependencia, en la que se desempeña desde el 1 de octubre de 2018.

La solicitud efectuada por la Sra. Defensora se fundó en razones de salud, siendo que los certificados médicos agregados al presente expediente y aquéllos mencionados en la Resolución DGN Nº1431/18 e incorporado en el Expte. DGN Nº 1153/2016 dan cuenta de ello y recomiendan el traslado requerido.

En esta dirección, la Sra. Magistrada indicó que su petición se adecúa a las disposiciones legales y reglamentarias existentes en la materia, en virtud de lo establecido en el artículo 33 de la Ley N°27.149 (LOMPD) y lo dispuesto por el Reglamento de Traslado de Magistrados del Ministerio Público de la Defensa (aprobado por Resolución DGN N° 1815/06 y su modificatoria Res. DGN Nº 1344/15).

II. A la hora de resolver, corresponde destacar que el artículo 33 de la LOMPD dispone que “…pueden ser trasladados en forma definitiva, con su conformidad, para desempeñarse en una dependencia del mismo u otro distrito territorial que se encuentre vacante, siempre que el cargo a cubrir sea de la misma materia y grado que el cargo que ocupa, que tenga una antigüedad no menor a dos (2) años en el ejercicio efectivo del cargo que ocupa al momento del traslado, que no se encuentre sometido a un proceso disciplinario y que no se haya dispuesto la convocatoria a un concurso público de oposición y antecedentes para cubrir el cargo vacante”.

Por otro lado, es dable traer a colación las disposiciones del Reglamento de Traslado de Magistrados del Ministerio Público de la Defensa (RTMMPD) aplicables al requerimiento bajo análisis.

En su artículo 1 dispone que los/as magistrados/as del Ministerio Público de la Defensa podrán solicitar su traslado para desempeñarse en una dependencia de la misma u otra jurisdicción territorial que se encuentre vacante, siempre y cuando se hayen reunidos los siguientes presupuestos “a) la vacante a la que se solicita el traslado tenga la misma competencia en materia y grado que el cargo que el/la Defensor/a ocupa// b) el/la Magistrado/a peticionante tenga una antigüedad no menor a 2 (dos) años en el ejercicio efectivo del cargo que ocupa al momento de solicitar el traslado y no se encuentre sometido a un proceso disciplinario.// c) no se haya dispuesto la convocatoria a un concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo vacante”.

Por su parte, el artículo 4 determina que la suscripta deberá expedirse fundadamente respecto de la procedencia del traslado “…en relación con la conveniencia referida a una mayor eficacia en la prestación del servicio.”

III. Da acuerdo al contexto normativo precedentemente reseñado, observamos que en el presente caso existe un cargo vacante -el de Defensor Público Oficial de la Defensoría Pública Oficial N°1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de La Plata- cuyo titular era el Dr. Guillermo Ariel Todarello, quien por Decreto PEN Nro. 853/2020 (publicado en el Boletín Oficial el día 6 de noviembre de2020) fue nombrado como Defensor Público Oficial Adjunto ante la Cámara Federal de Casación Penal, Defensoría Nº2, al que se le recibió Juramento de Ley el día 10 de noviembre de 2020, conforme surge de la RDGN-2020-1046-E-MPD-DGN#MPD.

Asimismo, se destaca que no se ha dispuesto la convocatoria a un concurso público para su cobertura.

En mérito de dicha vacante, la Dra. Gil ha peticionado su traslado, lo que permite colegir su conformidad en tal sentido (NO-2020-00038358-MPD- SGSYRH#MPD).

Respecto de la competencia, en razón de la materia, es dable señalar que mediante Decreto PEN Nº 2562/2014, la Dra. Gil fue designada Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Rosario, provincia de Santa Fe, Defensoría Nº 1, por lo que ambos cargos, el vacante y el que ostenta, revisten idéntica materia.

En tales condiciones, la competencia material del cargo al cual solicita ser trasladada se encuentra comprendida dentro de la competencia del cargo que actualmente ocupa, por lo puede tenerse por cumplido el requisito impuesto por la LOMPD y el RTMMPD.

En igual sentido, se advierte que las jerarquías de las Magistraturas resultan idénticas.

En lo atinente a la antigüedad en el ejercicio efectivo del cargo, se indica que la Magistrada cumple con dicho requisito temporal.

Por último, corresponde poner de resalto que la solicitante no se encuentre sometida a un procedimiento disciplinario (NO-2020-00038768-MPD-SGSYRH#MPD).

IV. La Asesoría Jurídica de este Ministerio Público emitió el dictamen de su competencia (IF-2021-00000615-MPD-AJ#MPD).

V. En consecuencia, teniendo en cuenta las razones médicas invocadas por la Dra. Gil, avaladas por los certificados médicos pertinentes, incorporados tanto al expediente de referencia (NO-2020-00039189-MPD-SGSYRH#MPD) como aquellos que dieron sustento a la Resolución DGN Nº 1431/18 (Expediente DGN Nº1153/2016), y en aras de garantizar un adecuado servicio de defensa pública, sumado a que la solicitud efectuada por la Sra. Magistrada cumple con los requisitos exigidos, tanto, en la Ley 27.149 (Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa) como en el Reglamento de Traslados de los Magistrados de este organismo, habrá de hacerse lugar al traslado peticionado.

Por todo lo expuesto, en función de lo establecido por el art. 35 de la ley Nº 27.149, en mi carácter de Defensora General de la Nación;

RESUELVO:

I. DISPONER el traslado de la Dra. Ana María Gil, Titular de la Defensoría Pública Oficial Nº 1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Rosario, Provincia de Santa Fe, a la Defensoría Pública Oficial N° 1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de La Plata, Provincia de Buenos Aires, para desempeñarse como su titular, a partir del 1 de febrero del 2021.

II. Publicada la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, RECIBIR a la Dra. Ana María Gil el correspondiente juramento de ley.

III. Cumplido lo dispuesto en el punto anterior, DECLARAR VACANTE el cargo de Defensor Público Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Rosario, Provincia de Santa Fe, Defensoría 1.

IV. Protocolícese, notifíquese a la Dra. Ana María Gil, comuníquese al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Stella Maris Martinez

e. 20/01/2021 N° 2335/21 v. 20/01/2021

Fecha de publicación 20/01/2021