ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que mas abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de las mercaderías en trato, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).- Fdo.: Abog Marcos Mazza-Jefe División Secretaría Nº2- Depto Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE | IMPUTADO | INFRACCION | MULTA | DERECHOS |
12197-5912-2010 | PABLO BIELLI ROVES (CI ROU Nº 2639733-2) | 970 NOTA SE PRTE Nº8882/10 Acta Denuncia Nº 591/11 | $ 3609.- | U$$2746,80 y $11014,66 |
Marcos Marcelo Mazza, Jefe de División, División Secretaría N° 2.
e. 20/01/2021 N° 2352/21 v. 20/01/2021
Fecha de publicación 20/01/2021