ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
Por ignorarse los domicilios se notifica a las personas que más abajo se mencionan, que en las actuaciones tramitadas por ante esta dependencia en las que se encuentran involucradas como imputados, han recaído Fallos de condena al pago de las multas referidas supra y/o al comiso -en caso de corresponder art. 866 2° - 871 – 874 AP. 1° INC D – 986 - 987 del C.A.- de las mercaderías oportunamente secuestradas, por la comisión de la infracción mencionada para cada caso, intimándose al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) días bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes del citado texto legal, registrándose el antecedente infraccional correspondiente. Asimismo se les hace saber que contra el referido Fallo podrán interponer Demanda Contenciosa y/o Recurso de Apelación ante la Justicia Federal y/o Tribunal Fiscal de la Nación respectivamente en el plazo mencionado (art. 1132 y 1133 C.A.). Firmado por la SRA. MARCELA PLOUCHOUK Administradora de Ia División Aduana de Concepción del Uruguay.
SC15 Nº | IMPUTADO | DOCUMENTO DE IDENTIDAD | MULTA PESOS | ART. C.A. |
63-2019/8 | CARDOZO BAEZ ALDO ARIEL | 95.444.847 | 151.761,98 | 986 |
71-2019/K | CORREA JUAN CARLOS | 27.881.684 | 180.002,70 | 987 |
Marcela Alejandra Plouchouk, Administradora de Aduana.
e. 26/01/2021 N° 3269/21 v. 26/01/2021
Fecha de publicación 26/01/2021