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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 2/2021

RESOL-2021-2-E-AFIP-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2021

VISTO lo tramitado en EX 2020-00399003-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “Depósito Fiscal Buenos Aires S.A.”, CUIT N° 30-65651522-4 presentó con fecha 29 de enero de 2019 carta de intención respecto de un depósito fiscal general en los términos de lo normado en el art. 3° de la Resolución General AFIP N° 4352, ubicado en el Aeropuerto Internacional de Rosario “Islas Malvinas” Av. Pedro Ríos 360 BIS, Barrio Fisherton, localidad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana homónima.

Que mediante RESOL-2020-12-E-AFIP-SDGOAI de fecha 11 de junio de 2020, fue aprobada la prefactibilidad del depósito fiscal general.

Que con fecha 3 de julio 2020 a través del Sistema Informático de Trámites Aduaneros la firma solicitó a la Aduana ROSARIO la habilitación del depósito fiscal, con una superficie total de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (2288 m2) para cargas generales, adjuntando la documentación requerida en la Resolución General N° 4352, la que obra incorporada a la presente actuación.

Que de la documental aportada se desprende que la firma acreditó la adquisición de la balanza de camiones conforme lo establecido por la normativa en vigencia, señalando que su instalación se encontraba demorada con motivo a la situación particular y excepcional producto de la pandemia COVID-19 por la que se está transitando.

Que habiendo tomado intervención la Aduana local PV-2020-00483093-AFIP-ADROSA#SDGOAI, de fecha 5 de agosto de 2020, la misma hace propio lo señalado por la Oficina de Depósitos Fiscales en Nota NO-2020-00481829-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI y por la Sección Inspección Operativa (NO-2020-00481960-AFIP-SEIOADROSA#SDGOAI, ambas de igual fecha, en las que se considera razonable los argumentos expuestos por el permisionario en lo que respecta a la demora planteada para la instalación de la balanza de camiones y opina que estarían dadas las condiciones para el debido control aduanero y cumplidos los requisitos establecidos en la normativa en vigencia - Resolución General N° 4352- para la habilitación pretendida. Lo expuesto es compartido por la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA la que se expide mediante IF-2020-00634609-AFIP-DIRAHI#SDGOAI de fecha 25 de septiembre de 2020, previo dictamen jurídico N.º 108 /2020 (DV RJU2) IF-2020-00614358-AFIP-DVRJU2#SDGTLA, de fecha 21 de septiembre de 2020.

Que obra la intervención del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero, IF-2020-00812580-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD, de fecha 19 de noviembre 2020 en la cual establece que el punto operativo cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas, descarga de video y los 60 días de reservorio histórico online.

Que asimismo se encuentra publicado en el Micro sitio “AFIP Depósitos Fiscales” el Manual del desarrollador del Sistema informático de control de stock parmente, que deberá cumplimentar el depositario conforme lo establecido en el Anexo IV punto 10 y concordantes de la Resolución General N° 4352.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2020-00873173-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 10 de diciembre de 2020, de Asuntos Jurídicos a través del informe IF-2020-00905355-AFIPDVDRTA#SDGASJ de fecha 18 de diciembre de 2020 y de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar el trámite de habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-EAFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Habilítese el depósito fiscal general de la firma “Depósito Fiscal Buenos Aires S.A.”, CUIT N° 30-65651522-4, ubicado en el Aeropuerto Internacional de Rosario “Islas Malvinas”, Av. Pedro Ríos 360 BIS, Barrio Fisherton, localidad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana homónima, con una superficie total de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (2288 m2), conformados por SETECIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (761 m2) cubiertos, MIL QUINIENTOS VEINTIUN METROS CUADRADOS (1521 m²) descubiertos y SEIS METROS CUADRADOS (6 m2) semicubiertos acorde a lo especificado en el Anexo II de la IG-2019-2-E-AFIP-SDGOAI de fecha 12 de abril de 2019 y conforme la Resolución General N° 4352.

ARTICULO 2°:- Determínese que la habilitación tendrá vigencia por el plazo de DIEZ (10) años a contar desde su notificación al interesado, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352.

ARTICULO 3°.- Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal general en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al cumplimiento de lo prescripto en la citada norma respecto del sistema informático de control de stock permanente y al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas y documentales establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352, tenidas en cuenta para su habilitación.

ARTICULO 4°: Déjese establecido que hasta tanto la firma no acredite ante la Aduana local la instalación de la balanza de camiones, la misma no podrá operar en el depósito que se habilita a través del presente, con mercadería sujeta al control de la misma.

ARTICULO 5°: Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y la Aduana ROSARIO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Silvia Nery Pisanu

e. 29/01/2021 N° 3841/21 v. 29/01/2021

Fecha de publicación 29/01/2021