MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 18/2021
RESOL-2021-18-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2021
Visto el expediente EX-2020-65092941-APN-DGD#MTR, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 de Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I (IF-2021-01068058-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-01067707-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) el total de los ingresos de operación y fíjanse en la suma de tres mil cincuenta millones setecientos mil pesos ($ 3.050.700.000) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en tres mil cincuenta millones setecientos mil pesos ($3.050.700.000), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-01067707-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de tres mil ochenta y ocho millones ciento cuarenta y seis mil pesos ($ 3.088.146.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de tres mil ochenta y ocho millones ciento cuarenta y seis mil pesos ($ 3.088.146.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Equilibrado), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-01067707-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de treinta millones de pesos ($ 30.000.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de treinta millones de pesos ($30.000.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2021, de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-01067707-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/01/2021 N° 4025/21 v. 29/01/2021
Fecha de publicación 29/01/2021