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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES

Decisión Administrativa 35/2021

DECAD-2021-35-APN-JGM - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-82145621-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 606 del 20 de julio de 2020, 732 del 4 de septiembre de 2020 y la Decisión Administrativa Nº 723 del 5 de mayo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 174/18 se creó el entonces INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE) como organismo desconcentrado de la entonces SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Decisión Administrativa Nº 723/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, que incluyó la de su entonces organismo desconcentrado ex-INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE).

Que por el Decreto Nº 606/20 se transfirió el entonces INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE), organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con sus unidades organizativas, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su situación de revista.

Que por el Decreto Nº 732/20 se modificó la denominación del citado organismo desconcentrado por INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE).

Que la nueva dependencia y objetivos asignados al INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, hacen necesaria la adecuación de su estructura organizativa y la incorporación y homologación de diversos cargos pertenecientes al citado organismo en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como ANEXOS I (IF-2020-82147252-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2021-05976316-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como ANEXOS III (IF-2020-82148821-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2021-05977185-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse y homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, los cargos pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-82149604-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4°.- Deróganse los anexos Va y VIa del artículo 3º y los anexos VIIa y VIIIa del artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 723 del 5 de mayo de 2020.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos presupuestarios asignados a la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique de Pedro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/02/2021 N° 4241/21 v. 01/02/2021

Fecha de publicación 01/02/2021