MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
Disposición 15/2021
DI-2021-15-APN-SSPYA#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-02873086- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 24.922 modificada por sus similares Nros. 25.470 y 26.386, la Ley N° 27.541, la Disposición N° 30 de fecha 25 de febrero de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias y la Decisión Administrativa N° 1.441 del 8 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición Nº 30 de fecha 25 de febrero de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la ex SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias, se estableció el Instructivo para la presentación de la documentación en los trámites que se diligencien a través del Registro de la Pesca, creado por el Artículo 41 de la Ley Nº 24.922 y dependiente de la entonces Dirección Nacional de Coordinación Pesquera de la citada Subsecretaría.
Que la Decisión Administrativa N° 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020 aprobó la nueva estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades primarias y Acciones allí dispuestas, estableciendo en su Anexo II la creación de la Dirección de Normativa y Registro de la Pesca, entre cuyas responsabilidades primarias se encuentra la de “Coordinar las acciones de organización y actualización del Registro de la Pesca creado por la Ley N° 24.922”.
Que atento ello, corresponde proceder a modificar el Instructivo aprobado por la citada Disposición Nº 30/09, a efectos de adaptarlo a la nueva Autoridad de Aplicación del Régimen de Inscripción ante el Registro de la Pesca.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en uso de las atribuciones emergentes de la Ley Nº 24.922 modificada por sus similares Nros. 25.470 y 26.386, del Artículo 1° del Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 1998, y del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. – Sustitúyese el Anexo de la Disposición N° 30 de fecha 25 de febrero de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorios, por el Anexo que registrado con el Nº IF-2021-05105043-APN-SSPYA#MAGYP forma parte integrante de la presente medida, en el cual se establece un Instructivo para la presentación de la documentación en los trámites que se diligencien a través del Registro de la Pesca, creado por el Artículo 41 de la Ley Nº 24.922, el que, conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa N° 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020 ahora depende de la Dirección de Normativa y Registro de la Pesca de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 2°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Liberman
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/02/2021 N° 4560/21 v. 02/02/2021
Fecha de publicación 02/02/2021