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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7211/2021

28/01/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CONAU 1 - 1454

Ajuste por inflación. Adecuaciones a las “Disposiciones complementarias al plan de cuentas”.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones efectuadas en la exposición del resultado monetario generado por aplicación del procedimiento de reexpresión de estados financieros, oportunamente difundido mediante los términos de la Comunicación “A” 6849 y complementarias, con vigencia a partir del 1.1.21.

En este sentido, el resultado monetario devengado respecto de partidas de naturaleza monetaria que se encuentren medidas a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales (ORI), se deberá registrar en las cuentas previstas correspondientes a resultados del período (620000). En consecuencia, se deberán ajustar los resultados no asignados con imputación en la cuenta 450006 “Ajustes de resultados de ejercicios anteriores” al inicio del período 2021, a fin de incorporar los resultados monetarios que se encontraran contabilizados en el ORI acumulado de las mencionadas partidas a dicha fecha. Asimismo, la información comparativa a integrar en los Estados Financieros para Publicación Trimestral/Anual correspondientes al ejercicio 2021 –intermedios y anual- deberá contemplar el criterio de exposición establecido en la presente respecto de las partidas involucradas de cada uno de los estados.

Adicionalmente, se aclara que en la presentación de los Estados Financieros para Publicación Trimestral/Anual correspondiente al ejercicio anual 2020, se deberá revelar en la nota IX. “Apertura del Estado de Resultados” el importe del resultado por la posición monetaria neta que hubiera surgido de aplicar el nuevo criterio de exposición en el mencionado ejercicio, así como el monto final del resultado del período que se habría determinado en ese caso (considerando para ello el efecto de la proporción del resultado monetario que ya se hubiera reclasificado desde el ORI antes del cierre).

Finalmente, se acompañan las hojas que contienen las adecuaciones en las normas de procedimiento respectivas.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información - Estela M. del Pino Suarez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Marco Legal y Normativo”).

e. 02/02/2021 N° 4311/21 v. 02/02/2021

Fecha de publicación 02/02/2021