Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1044/2020

RESOL-2020-1044-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2020

VISTO el EX-2020-23902929- -APN-MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones, 24.013, 14.250 (t.o. 2004) y sus modificaciones, 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 329 del 31 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 429 del 20 de marzo de 2020, y la Resolución N° 279 del 30 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que, la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES celebra un acuerdo con la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETRÓLEO y la firma RAÍZEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante en el RE-2020-50479188-APN-SSGA#MT del EX-2020-50479603- -APN-SSGA#MT que tramita conjuntamente con el expediente de referencia.

Que, dicho acuerdo es ratificado por las signatarias mediante los RE-2020-51668563-APN-SSGA#MT del EX-2020-51668980- -APN-SSGA#MT y RE-2020-51733681-APN-SSGA#MT del EX-2020-51734112- -APN-SSGA#MT, en tramitación conjunta con el expediente de referencia y solicitan su homologación.

Que, cabe señalar que en dicho acuerdo las partes acuerdan que dejarán sin efecto a partir del 1 de agosto del 2020 las disposiciones del acuerdo de fecha 15 de mayo de de 2020 obrante en el RE-2020-32416526-APN-DGDMT#MPYT del EX-2020-32416872- -APN-DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente con el expediente de referencia, y que fuera homologado por la RESOL-2020-615-APN-ST#MT, por el cual pactaron suspensiones del personal en los términos del Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del acuerdo de referencia.,

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETRÓLEO y la firma RAÍZEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora y la FEDERACIÓN ARGENTINA SINDICAL DEL PETRÓLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, RE-2020-50479188-APN-SSGA#MT del EX-2020-50479603- -APN-SSGA#MT que tramita conjuntamente con el EX-2020-23902929- -APN-MT.

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante en el RE-2020-50479188-APN-SSGA#MT del EX-2020-50479603- -APN-SSGA#MT que tramita conjuntamente con el EX-2020-23902929- -APN-MT.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/02/2021 N° 4150/21 v. 02/02/2021

Fecha de publicación 02/02/2021