MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución 19/2021
RESOL-2021-19-APN-SABYDR#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2020-72367003--APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición DI-2019-2-APN-DB#MPYT de fecha 4 de octubre de 2019 de la ex-Dirección de Biotecnología de la entonces SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se establecieron los “PARÁMETROS DE REFERENCIA PARA ACTIVIDADES CONFINADAS CON OGM VEGETALES” con el objeto de armonizar aspectos de importancia clave para la preservación de la bioseguridad de las actividades confinadas con OGM Vegetales, particularmente en relación a cultivos que son utilizados reiteradamente para tales actividades.
Que la COMISIÓN NACIONAL ASESORA EN BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CONABIA) de la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en su reunión celebrada con fecha 24 de septiembre de 2020 concluyó en la necesidad de modificar y actualizar el alcance de la mencionada Disposición.
Que en virtud de lo normado por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, corresponde a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA “Entender en la aprobación de eventos biotecnológicos y la aplicación de los marcos regulatorios y políticas relativas a los productos biotecnológicos, y en particular en el otorgamiento de las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de productos biotecnológicos para el uso agropecuario, en coordinación con otras áreas con competencia en la materia”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Derógase la Disposición DI-2019-2-APN-DB#MPYT de fecha 4 de octubre de 2019 de la ex-Dirección de Biotecnología de la entonces SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 2º.- Establécense los “PARÁMETROS DE REFERENCIA PARA ACTIVIDADES CONFINADAS CON OGM VEGETALES” que como Anexo registrado con el Nº IF-2020-81766287-APN-SABYDR#MAGYP, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- El solicitante podrá proponer medidas alternativas o complementarias a las contenidas en el citado Anexo, incluyendo, pero sin limitarse a aquellas basadas en barreras físicas, prevención de la floración, separación temporal e incompatibilidad biológica, incluyendo diferencias de estadío fenológico. Tales estrategias alternativas serán evaluadas por la CONABIA caso por caso.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcelo Eduardo Alos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/02/2021 N° 4939/21 v. 03/02/2021
Fecha de publicación 03/02/2021