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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1204/2020

RESOL-2020-1204-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2020

VISTO el EX-2020-61285428- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y

CONSIDERANDO:

Que en el orden Nº 4, página 1 del IF-2020-61287091-APN-DGD#MT, del EX-2020-61285428- -APN-DGD#MT, obra el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS JABONEROS DE OESTE, por la parte sindical, y la empresa ALICORP SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES por la parte empleadora, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado acuerdo las partes pactan el pago a los trabajadores de la mentada empresa con prestación de tareas efectiva y presencial, de una suma extraordinaria de carácter no remunerativo, con la vigencia y detalles allí impuestos.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad de la empleadora firmante, y el ámbito de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.

Que sin perjuicio de ello, cabe hacer saber a las partes que resulta de aplicación lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS JABONEROS DE OESTE, por la parte sindical, y la empresa ALICORP SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES por la parte empleadora, obrante en el orden Nº 4, página 1 del IF-2020-61287091-APN-DGD#MT, del EX-2020-61285428- -APN-DGD#MT, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del instrumento obrante en el orden Nº 4, página 1 del IF-2020-61287091-APN-DGD#MT, del EX-2020-61285428- -APN-DGD#MT.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la reserva del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y escalas homologados, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/02/2021 N° 4528/21 v. 03/02/2021

Fecha de publicación 03/02/2021