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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 71/2021

RESOL-2021-71-APN-ENACOM#JGM FECHA 09/02/2021 ACTA 67

EX-2020-33331004-APN-REYS#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la empresa API CENTER GROUP S.A.S. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir a la empresa API CENTER GROUP S.A.S. en el Registro de Servicios previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet y Alarma por Vínculo Físico; Telefonía Local, de Larga Distancia Nacional e Internacional; Transmisión de Datos; Video Conferencia; Distribución de Señales de Audiofrecuencia; Aviso a Personas y Operador Móvil Virtual Básico. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este Organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 11/02/2021 N° 7100/21 v. 11/02/2021

Fecha de publicación 11/02/2021