Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 97/2021

RESOL-2021-97-APN-ENACOM#JGM FECHA 09/02/2021 ACTA 67

EX-2020-71757178-APN-REYS#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la COOPERATIVA DE TRABAJO PPR LIMITADA Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir a la COOPERATIVA DE TRABAJO PPR LIMITADA en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACION N° 697, del 28 de diciembre de 2017, y de conformidad con lo establecido en la Resolución ENACOM N° 4.958/2018, el servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet para Redes Comunitarias. 3.- Otorgar a la COOPERATIVA DE TRABAJO PPR LIMITADA un plazo de 90 días a contar desde la publicación de la presente a fin de presentar ante este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES copia de la constancia de comunicación fehaciente al INAES u órgano local competente del acta de designación de autoridades vigentes. 4.- Prohibir a la licenciataria la venta, reventa y/o cualquier otro tipo de comercialización del Servicio de Acceso a Internet. En caso de constatarse la prestación del Servicio de Acceso a Internet a terceros, a título oneroso, la licencia otorgada caducará de pleno derecho, y deberá pagar la tasa regular correspondiente al Servicio de Valor Agregado de Acceso a Internet. 5.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de estos recursos tramitarse ante este Organismo. 6.- Notifíquese a la interesada. 7.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 17/02/2021 N° 7770/21 v. 17/02/2021

Fecha de publicación 17/02/2021